Solicita autorización para pertenecer al régimen de grupos de sociedades
Toma en cuenta que no puedes optar por este régimen si te ubicas dentro de los siguientes supuestos:
- Las personas morales con fines no lucrativos.
- Las sociedades que componen el sistema financiero y las sociedades de inversión de capitales.
- Las sociedades residentes en el extranjero, incluso cuando tengan establecimientos permanentes en el país.
- Aquellas sociedades que se encuentren en liquidación.
- Las sociedades y asociaciones civiles, así como las sociedades cooperativas.
- Los coordinados del autotransporte.
- Las asociaciones en participación.
- Las sociedades que llevan a cabo operaciones de maquila
- Aquellas sociedades que cuenten con pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de disminuir, obtenidas con anterioridad a la fecha en que se presente la solicitud de autorización para pertenecer al régimen.
- Las empresas que presten el servicio de transporte público aéreo.
Te ayudamos
Preguntas frecuentes
A más tardar el 15 de agosto del año anterior a aquel por...
A
¿Cuándo se presenta la solicitud?
¿Qué información adjunto a la solicitud presentada a través de buzón tributario?
Archivos digitalizados con:
Formas oficiales CGS1 y CGS2 debidamente...
A
¿Qué información adjunto a la solicitud presentada a través de buzón tributario?
¿Supuesto para negar la autorización?
En el caso de que presentes tu solicitud de autorización para tributar...
A
¿Supuesto para negar la autorización?
A más tardar el 15 de agosto del año anterior a aquel por...
A
¿Cuándo se presenta la solicitud?
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A
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A
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