Trámites y servicios Para personas físicas

Conoce los beneficios que tienes como residente en el extranjero

Aplicar un tratado internacional puede reducir tu impuesto.
 
Reduce tu impuesto
El Art.4 de la LISR establece que los beneficios de los tratados para evitar la doble tributación solo serán aplicables a los contribuyentes que:
  •  Acrediten ser residentes en el país de que se trate.
  • Cumplan con las disposiciones del tratado.
  • Cumplan con las demás disposiciones de procedimiento contenidas en la LISR
 
Es decir, debe de cumplir en principio con estos tres requisitos.
 
En los casos en que los tratados para evitar la doble tributación establezcan tasas de retención inferiores a las señaladas en Ley, las tasas establecidas en dichos tratados se pueden aplicar directamente por el retenedor; en el caso de que el retenedor aplique tasas mayores a las señaladas en los tratados, el residente en el extranjero tiene derecho a solicitar la devolución por la diferencia que corresponda.

Las constancias que expidan las autoridades extranjeras para acreditar la residencia surtirán efectos sin necesidad de legalización y solamente será necesario exhibir traducción autorizada cuando las autoridades fiscales así lo requieran.

 
 
 
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