Trámites y servicios Para personas físicas

Operaciones realizadas por empresas de mensajería y paquetería

 
¿Eres una empresa de mensajería y paquetería registrada? Esta información te interesa.
Las empresas de mensajería y paquetería registradas pueden realizar el despacho de las mercancías que transportan al tramitar un pedimento que puede amparar las mercancías de un solo destinatario, consignatario o remitente, o las mercancías transportadas en un mismo embarque de diferentes destinatarios, consignatarios o remitentes.
 
Al respecto, dicho pedimento debe tramitarse de conformidad con la regla 3.7.5. de las Reglas Generales de Comercio Exterior.
 
Es importante resaltar que no se pueden importar mediante el procedimiento simplificado las siguientes mercancías:
  • De difícil identificación.
  • Aquellas cuyo envío forme parte de una serie de envíos realizados o planeados con el propósito de evadir aranceles aduaneros o impuestos, o evitar cualquier regulación aplicable.
  • En las que no se señale valor o este sea igual a cero.
  • Las que no incluyan descripción, esta sea genérica o se haya señalado, entre otras descripciones “artículos diversos”, “regalo”, “obsequio”, “cortesía” o cualquier otra que no permita la identificación de la mercancía, ya sea en idioma español o en cualquier otro.
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