Servicios disponibles del Buzón Tributario
Respecto a los trámites publicados en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente que no se encuentren disponibles en el Buzón Tributario deberá observarse lo descrito en las reglas 1.6., séptimo párrafo y 2.2.6. contenidas en el ordenamiento antes mencionado, mismas que a continuación se detallan:
1.6. (Lugar y forma para presentar documentación)
…Para efectos del Anexo 1-A, los trámites descritos en el mismo podrán presentarse ante la autoridad competente a través de los medios y en los términos que se tenían establecidos con anterioridad al señalamiento de presentación de estos a través del buzón tributario, y cuando se trate de nuevos trámites, mediante escrito libre ante cualquier ADSC. Lo anterior, hasta que el SAT dé a conocer en su Portal los formatos que se deberán utilizar para tales efectos...
2.2.6. (Información que se presentará a través del Buzón tributario)
Para los efectos de los artículos 17-K, fracción II; 18 y 18-A del CFF, el SAT dará a conocer a través de su portal la relación de promociones, solicitudes, avisos y demás información que presentarán los contribuyentes utilizando el apartado de "Buzón tributario".
En caso de que los contribuyentes deseen enviar información y/o documentación adicional a los trámites de consultas, solicitudes de autorización y/o recursos de revocación presentados a través del Buzón Tributario, podrán hacerlo en la opción Trámites/Buscar promociones y adjuntar información siempre que, la promoción que deseen complementar se encuentre en cualquiera de los siguientes tres supuestos promovido, estudio o remitido y no se haya generado un requerimiento específico por la autoridad.