Trámites y servicios Para personas físicas

Conoce en qué casos procede la Autorización del extranjero para recibir donativos deducibles

Autorización del extranjero
Conoce los requisitos para obtener la autorización del extranjero.
 
Requisitos para obtener la autorización para recibir donativos deducibles del extranjero.
Puedes obtener esta segunda autorización si tu organización civil o fideicomiso se encuentra autorizado para recibir donativos deducibles en México, cuyo fin sea asistencial, educativo, de investigación científica o tecnológica, cultural, ecológica, de reproducción de especies en protección y peligro de extinción, museos y bibliotecas privados.
 

En en caso de que se reúnan los requisitos legales para obtener la autorización para recibir donativos deducibles provenientes de Estados Unidos, la Administración General de Servicios al Contribuyente, emitirá un oficio-constancia en el cual le informará que su organización civil o fideicomiso ha sido autorizado para recibir donativos deducibles del extranjero, dándose a conocer mediante la inclusión de sus datos en el Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal que se publique en el Diario Oficial de la Federación, así como en el Portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria.
 

Esta autorización implica obligaciones adicionales a las que ya tiene como donataria autorizada para recibir donativos deducibles en México, las cuales se establecen en las diversas disposiciones fiscales.
 
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