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Conoce el procedimiento de inmovilización de depósitos de cuentas bancarias a causa de adeudos fiscales

¿Te inmovilizaron tus cuentas bancarias?
 
Motivos por los cuales el SAT inmoviliza depósitos bancarios a causa de adeudos fiscales
La inmovilización de depósitos  bancarios, significa que no puedes disponer de ellos, hasta por el importe de tu adeudo actualizado y sus accesorios, esto sucede cuando:
 
  1. Tienes adeudos fiscales y que en su momento no interpusiste un medio de defensa o bien, la resolución definitiva fue a favor del SAT, en consecuencia, la autoridad  ejerce el cobro y solicita directamente a las instituciones de banca múltiple la inmovilización y transferencia de los recursos que localice a tu nombre, hasta por el monto de tus adeudos fiscales actualizados y sus accesorios (recargos, multas y gastos de ejecución).
  2. Tienes adeudos fiscales sujetos a algún medio de defensa y existe la obligación de garantizarlos, y no has  ofrecido alguna garantía, en consecuencia, la autoridad le ordena a las instituciones de banca múltiple la inmovilización de depósitos suficientes para garantizar hasta por el monto de tus adeudos fiscales actualizados y sus accesorios (recargos, multas y gastos de ejecución).
Tienes la opción de solicitar que no se inmovilicen tus depósitos bancarios y ofrecer, a cambio, algún otro tipo de garantía, como son:
 
  • Depósito en dinero o carta de crédito emitida por institución bancaria autorizada.
  • Prenda o hipoteca.
  • Fianza otorgada por institución autorizada.
  • Obligación solidaria asumida por tercero que compruebe su idoneidad y solvencia.
  • Embargo en la vía administrativa.
  • Títulos valor o cartera de créditos del propio contribuyente.
 
El SAT te notifica éste acto vía buzón tributario o personalmente, siempre y cuando, ésta autoridad fiscal tenga registro de tu correo electrónico o te encuentres localizable en tu domicilio fiscal, de lo contrario la notificación se realiza por estrados.
 
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