Complemento Carta Porte
Genera un comprobante fiscal con complemento Carta Porte por las operaciones de traslado o por los servicios de transporte de bienes o mercancías, que se realicen dentro del territorio nacional.
Quiénes lo pueden utilizar
Aquellos contribuyentes que requieren trasladar bienes y/o mercancías en territorio nacional, por alguna de las siguientes vías:
- Terrestre
- Marítima
- Aérea
- Ferroviaria
Ingresa Con
Objetivo
Generar un CFDI con complemento Carta Porte para relacionar los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino, así como lo referente al medio a través del cual se transportan; ya sea por vía terrestre (carretera o líneas férreas), aérea, marítima o fluvial; además de incluir el traslado de Hidrocarburos y Petrolíferos.
Fundamento Legal
- Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 29-A.
- Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.7.1.8, 2.7.7.1., 2.7.7.2., 2.7.7.3., 2.7.7.4., 2.7.7.5., 2.7.7.6., 2.7.7.7., 2.7.7.8., 2.7.7.9., 2.7.7.10, 2.7.7.11. y 2.7.7.12.; y Resolutivo SEGUNDO de la Primera versión anticipada del Tercera Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 en relación con el artículo Cuadragésimo séptimo Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.
- Resolutivo ÚNICO de la Primera Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior en relación con el Artículo PRIMERO transitorio de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022.
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- Consulta la información necesaria para emitir una factura incorporando del complemento Carta Porte.
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Información adicional
Se actualizó el CFDI pasando a la versión 4.0, sin embargo, se cuenta con un periodo de convivencia con la versión 3.3 del comprobante, el cual comprende del 1 de enero al 30 de junio, ambos de 2022.
Es importante mencionar que, a partir del 1 de julio de 2022 únicamente será válida la emisión del CFDI en su versión 4.0. con la versión 2.0 del complemento Carta Porte.
Datos relevantes:
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Documentos que obtienes
- Documentos técnicos
- Instructivo de llenado
- Catálogos