Consulta como tercero autorizado la Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales
Puedes consultar en línea la Opinión del cumplimiento de obligaciones como tercero autorizado, de la persona física o moral quien te autorizó a consultarla, para efectos del otorgamiento de subsidios y estímulos, o para contrataciones, adquisiciones, arrendamiento, servicios u obra pública, si eres autoridad que ejerces recursos públicos.
Quiénes lo pueden utilizar
Las personas físicas y morales autorizadas.
Ingresa Con
Objetivo
Te sirve para consultar la Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, señalada en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, en nombre de quien te autorizó consultarla.
Fundamento Legal
- Código Fiscal de la Federación: Artículo 32-D.
- Resolución Miscelánea Fiscal para 2024: regla 2.1.36.
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- Escribe el texto de la imagen del código Captcha que aparece en la pantalla.
- Da clic en el botón Enviar.
- Selecciona el tipo de búsqueda que desees realizar (por RFC o CURP).
- Captura el RFC o CURP de la persona de quien vas a realizar la consulta.
- Obtén la Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales.
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Información adicional
Cuando la persona que te autorizó a consultar su Opinión del cumplimiento te haya dado de baja como tercero autorizado, no podrás generar la Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.
Como tercero autorizado puedes guardar, si lo consideras conveniente, el archivo de la Opinión del cumplimiento en formato de imagen .PDF o imprimirlo para futuras aclaraciones.
La opinión emitida por la autoridad fiscal es para fines exclusivos de las disposiciones fiscales vigentes, aplicables a cada supuesto y no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y monto de créditos o impuestos declarados o pagados.
La Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales que se emita en sentido positivo tiene una vigencia de tres meses contados a partir del día de su emisión para efecto de la obtención de estímulos o subsidios y una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión, en los demás casos.
Documentos que obtienes
- Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.