Trámites y servicios Para personas físicas

Paga tus adeudos fiscales aún cuando se encuentren impugnados

Paga tu adeudo fiscal controvertido
 
Puedes evitar que tu adeudo aumente si presentaste un medio de defensa
 
Muchos son los motivos por los que una persona puede contraer adeudos fiscales: por error, por descuido, por falta de liquidez, etc., sin embargo hay alternativas una vez que esto ya es una realidad.
 
 
Al ser notificado por tener un adeudo fiscal, lo recomendable es pagarlo dentro del plazo que se menciona en el documento recibido, ya que a diferencia de lo que se cree, como contribuyente cuentas con varias facilidades para ponerte al corriente como son:
 
  • Pago en parcialidades,
  • Reducción de multas,
  • Aplicación de la tasa de recargos por prórroga,
  • Así como la condonación de multas.
 
En caso de que no hayas podido pagar en tiempo y quieras que tu adeudo no aumente o estés inconforme con la determinación de los mismos, tienes la posibilidad de impugnarlo a través de medios de defensa como son:
 
  • El recurso de revocación,
  • El Juicio contencioso administrativo, (mejor conocido como juicio de nulidad).
 
Es importante recordar que durante el  proceso de impugnación de un adeudo y durante todo el tiempo que dure la controversia se generan cargos por actualización y recargos, además de ofrecer una garantía suficiente que te asegure que no habrá más gestiones de cobro por no estar debidamente garantizado, estos cargos se van sumando a éste, lo cual hace que se incremente por el simple transcurso del tiempo.
 
 
Si has considerado estos inconvenientes y deseas pagar, lo puedes hacer, esto te garantiza que durante todo el periodo que dure el medio de defensa no tendrás que atender ningún asunto con el SAT respecto al adeudo que estés impugnando, lo único que requieres es acudir a las oficinas del SAT y solicitar una línea de captura con el monto actualizado de tu adeudo. En caso de que obtengas una sentencia favorable, este importe lo podrás recuperar actualizado por lo que no te implica ningún costo adicional.
 
 
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