Conoce las aplicaciones para cumplir con tus obligaciones como persona física con actividades empresariales
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El servicio de Declaraciones: mediante el cual presentas tus declaraciones mensuales de ISR, IVA o en su caso IEPS, así como las retenciones por salarios.
Nota: Podrás presentar tus declaraciones mensuales de ISR, IVA o en su caso IEPS, así como las retenciones por salarios mediante el aplicativo de Mi Contabilidad ( excepto los contribuyentes que registren sus operaciones a través de la aplicación electrónica “Mis cuentas” en el Portal del SAT y las personas físicas dedicadas exclusivamente a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas y pesqueras).
- Declarasat: es aquel en que presentas tu Declaración Anual de las personas físicas.
- Declaración Informativa de Operaciones con Terceros: a través del cual proporcionas mensualmente información sobre las operaciones con tus proveedores.
- Declaración Informativa Múltiple: Es aquel en el que presentas tus declaraciones informativas anuales por las retenciones que se hicieron a los trabajadores, aplica para los ejercicios 2016 y anteriores.
Te ayudamos
Preguntas frecuentes
A más tardar el día 17 del mes siguiente al que realizaste...
A
¿Cuál es la fecha para presentar mis declaraciones mensuales?
¿Cuál es la fecha para presentar mi Declaración Anual?
Presentala en el mes de abril del siguiente año al que realizaste...
A
¿Cuál es la fecha para presentar mi Declaración Anual?
¿Cuál es la fecha para presentar mi Declaración Informativa Múltiple?
Preséntala a más tardar el 15 de febrero del siguiente año...
A
¿Cuál es la fecha para presentar mi Declaración Informativa Múltiple?
A más tardar el día 17 del mes siguiente al que realizaste...
A
¿Cuál es la fecha para presentar mis declaraciones mensuales?
¿Cuál es la fecha para presentar mi Declaración Anual?
Presentala en el mes de abril del siguiente año al que realizaste...
A
¿Cuál es la fecha para presentar mi Declaración Anual?
¿Cuál es la fecha para presentar mi Declaración Informativa Múltiple?
Preséntala a más tardar el 15 de febrero del siguiente año...
A
¿Cuál es la fecha para presentar mi Declaración Informativa Múltiple?
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