Consulta los documentos aceptados como comprobantes de domicilio
Comprobantes de domicilio que puedes presentar, cuando tu trámite lo requiera.
Documentos aceptados como comprobante de domicilio que puedes adjuntar en la presentación de tus trámites fiscales
Cuando el trámite que realices, te solicite un comprobante de domicilio como requisito, puedes presentar cualquiera de los siguientes documentos:
- Estado de cuenta a nombre del contribuyente que proporcionen las instituciones del sistema financiero, el mismo no debe tener una antigüedad mayor a cuatro meses, no es necesario que se exhiba pagado.
- Último recibo del impuesto predial a nombre del contribuyente, el mismo no debe tener una antigüedad mayor a cuatro meses, si se trata de recibo anual debe corresponder al ejercicio en curso, no es necesario que se exhiba pagado.
- Último recibo de los servicios de luz, gas, televisión de paga, internet, teléfono o de agua a nombre del contribuyente, el mismo no debe tener una antigüedad mayor a cuatro meses, no es necesario que se exhiban pagados.
- Última liquidación a nombre del contribuyente del IMSS.
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Contratos de:
- Prestación de servicios a nombre del contribuyente, en el que se incluye el uso de una oficina o espacio de trabajo, suscrito con un plazo mínimo de seis meses, acompañado del recibo de pago que cumpla con los requisitos fiscales.
- Fideicomiso formalizado ante fedatario público.
- Apertura de cuenta bancaria suscrito por el contribuyente, el mismo no debe tener una antigüedad mayor a tres meses.
- Servicio de luz, teléfono o internet y agua suscrito por el contribuyente, que no tenga una antigüedad mayor a dos meses.
- Carta de radicación o de residencia a nombre del contribuyente, expedida por los gobiernos estatal, municipal o sus similares en la Ciudad de México, conforme a su ámbito territorial, que no tenga una antigüedad mayor a cuatro meses.
- Comprobante de alineación y número oficial emitido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente, dicho comprobante debe contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a cuatro meses.
- Recibo oficial u orden de pago expedido por el gobierno estatal, municipal o su similar en la Ciudad de México a nombre del contribuyente, dicho comprobante debe contener el domicilio fiscal, con una antigüedad no mayor a cuatro meses, si se trata de pago anual debe corresponder al ejercicio en curso, no es necesario que se exhiban pagados.
- En el caso de personas físicas, la credencial para votar vigente emitida por el Instituto Nacional Electoral, siempre que el domicilio se encuentre visible y esté ubicado dentro del territorio nacional.
- En el caso de inscripción en el RFC de personas morales extranjeras, pueden presentar la Autorización de Oficina de Representación o Toma de Nota de Domicilio, expedidas por la Secretaría de Economía, siempre que estas contengan la información del domicilio en donde se llevarán a cabo las actividades económicas. Este documento debe ser expedido a nombre de la persona moral.
- Cédula de empadronamiento de mercados públicos expedida a nombre del contribuyente, acompañada del formato de pago de derechos más reciente, el cual debe exhibirse pagado.
Para los trámites que realicen las personas físicas, los comprobantes de domicilio pueden estar a nombre de un tercero, excepto los señalados en los numerales 1, 4, 5, incisos b) y c), y 6 antes mencionados, siempre y cuando cumplan con los requisitos respectivos.
La autoridad fiscal puede aceptar como comprobantes de domicilio para los trámites de inscripción en el RFC, alguno de los señalados en los numerales 1, 2, 3, 5 incisos a), c), y d), que se encuentren a nombre de uno de los socios, accionistas, asociados y demás personas, cualquiera que sea el nombre con el que se les designe, que por su naturaleza formen parte de la estructura orgánica, siempre y cuando cumplan con los requisitos respectivos, para cualquier otro trámite los comprobantes de domicilio deben estar a nombre de la persona moral.