Presenta tu solicitud de orientación respecto a información fiscal como ciudadano
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Si requieres información para realizar trámites o recibir servicios en el cumplimiento de tus obligaciones u obtener asesoría en materia fiscal y aduanera, el SAT pone a tu disposición una herramienta electrónica, a través de la cual puedes registrar tu petición en el formulario correspondiente.
Cómo puede usarse
Objetivo
Te permite presentar solicitudes de orientación, para obtener asesoría o información en materia fiscal y aduanera, en todo el país de manera oportuna, ágil, eficaz y segura, para el cumplimiento de tus obligaciones.
¿Quiénes lo pueden ejecutar?
Todas las personas físicas y morales.
¿Cuándo se puede ejecutar?
Cuando requieras una orientación en materia fiscal y aduanera.
Ingresa Con
Pasos para su uso
- Elige la opción Servicios por internet.
- Selecciona las opciones: Orientación Fiscal / Solicitud.
- Llena el formato electrónico "Contacto Anónimo".
- Adjunta los documentos escaneados correspondientes.
- Captura los caracteres de la imagen.
- Envía tu solicitud.
- Obtén tu acuse de recepción.
Información adicional
Si requieres solicitar una orientación, puedes hacerlo por internet a través de este portal, no requieres contar con RFC y contraseña.
Al presentar tu orientación, obtén de manera inmediata el acuse de recepción del trámite.
La respuesta o seguimiento a tu planteamiento se realiza en un plazo de 6 días hábiles o conforme al tiempo establecido en la legislación fiscal aplicable al trámite presentado.
Debes capturar una contraseña que el propio sistema te genera, con la cual puedes consultar el seguimiento a tu respuesta.
Existe la disponibilidad permanente para presentar tu orientación.
Tu trámite es gratuito.
Al presentar tu orientación, obtén de manera inmediata el acuse de recepción del trámite.
La respuesta o seguimiento a tu planteamiento se realiza en un plazo de 6 días hábiles o conforme al tiempo establecido en la legislación fiscal aplicable al trámite presentado.
Debes capturar una contraseña que el propio sistema te genera, con la cual puedes consultar el seguimiento a tu respuesta.
Existe la disponibilidad permanente para presentar tu orientación.
Tu trámite es gratuito.
Fundamento Legal
- Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, artículo 32.
- Código Fiscal de la Federación, artículo 33.
Productos que emite
Acuse de recepción.