Trámites y servicios Para personas físicas

Te permite llevar el registro de las operaciones por las que no se haya generado una factura.

Cómo puede usarse

Objetivo

 
Cumplir con la obligación de registrar las operaciones que realices.

¿Quiénes lo pueden ejecutar?

Personas físicas:
  • Régimen de Incorporación Fiscal,
  • Actividad Empresarial,
  • Régimen de las Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas,
  • Honorarios (servicios profesionales).
 
Personas morales:
  • Asociaciones Religiosas
 

¿Cuándo se puede ejecutar?

Cuando no se genere factura por los ingresos y gastos.
 

Pasos para su uso

  1. Ingresa al apartado, Mis cuentas / Mi contabilidad, selecciona el rubro correspondiente.
  2. Captura tu RFC y Contraseña o e.firma.
  3. Ingresa la información requerida.
  4. Imprime el comprobante que contiene el resumen de la información registrada.

Información adicional

Para facilitar el registro de tus gastos en Mis cuentas, no olvides tener a la mano los datos del proveedor que no te emitió la factura.

No debes registrar operaciones en el apartado de Mi contabilidad cuando:
  • Tu proveedor te emita una factura por las compras o gastos que realizaste.
En el apartado Mi contabilidad también puedes realizar la consulta de la información que ingreses.
 

Fundamento Legal

  • Código Fiscal de la Federación, artículo 28, fracción III.
  • Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, Regla 2.8.1.4.

Productos que emite

Comprobante con el resumen de la información registrada.
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