¿Quiénes lo presentan?
Cualquier contrbuyente persona física o moral que requiere revocar su certificado.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
En el momento que lo requieras.
Fundamento Legal
Ley de Firma Electrónica Avanzada.
Código Fiscal de la Federación, artículos 17-H y 18.
Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, ficha de trámite:
Código Fiscal de la Federación, artículos 17-H y 18.
Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, ficha de trámite:
107/CFF “Solicitud de revocación de los Certificados”
- Da clic en el botón INICIAR.
- Ingresa a CertiSAT Web con tu e.firma vigente.
- Selecciona la opción “Revocación de certificado”.
- Selecciona la ubicación donde se encuentra tu certificado de e.firma activo (archivo .cer).
- Confirma los datos del certificado a revocar, número de serie y que corresponda a tu RFC.
- Ingresa la Contraseña de la clave privada de tu e.firma.
- Selecciona la ubicación de tu clave privada de e.firma (archivo .key).
- Elige Revocar.
- Imprime y resguarda tu acuse de revocación.
Documentos que obtienes
- Acuse de revocación del certificado de e.firma.
Requisitos
- Contar con tus archivos, Clave Privada (archivo .key), certificado de e.firma vigente (archivo .cer) y la Contraseña de la llave privada.
- Programa tu cita para el servicio de e.firma Renovación y Renovación de Personas Físicas o e.firma Renovación y Renovación de Personas Morales según corresponda.
- Presenta y entrega la documentación e información señalada en el apartado requisitos.
Documentos que obtienes
- Acuse de revocación del certificado de e.firma.
¿Dónde se presenta?
En las oficinas del SAT previa cita para el servicio de e.firma Renovación y Renovación de Personas Físicas o e.firma Renovación y Renovación de Personas Morales según corresponda.
Compromiso de servicio
Calidez y amabilidad en el servicio.
Requisitos
- Identificación oficial original y vigente del contribuyente o en su caso del Representante Legal.
- Poder general para actos de dominio o administración en caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal (copia certificada). Si fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por perito autorizado.