Solicita tu devolución: Misión Diplomática, Organismos Internacionales y Ejecutores
¿Quiénes lo presentan?
Costo
Gratuito
¿Cuándo se presenta?
Fundamento Legal
- Código Fiscal de la Federación, artículos 1°, 29 y 29-A
- Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículos 3 y 5 fracción II.
- Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículos 12 y 13.
- Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.3.1., 4.1.7., 4.1.8. y 4.1.9.
- Convención de Viena Sobre Relaciones Diplomáticas de 1961.
- Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963.
- Convenios Constitutivos o Acuerdos Sede.
- Convenios de Cooperación Técnica.
- Acuerdo por el que se establecen las disposiciones de carácter general para la importación de vehículos en franquicia.
- Acude con la documentación del trámite al Módulo de Atención a Grandes Contribuyentes.
- Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
- Obtén la solicitud de devolución sellada y conserva como acuse de recibo.
- Espera la respuesta del SAT mediante correo electrónico.
- Recibe la notificación de la resolución y documentación aportada en el Módulo de Atención a Grandes Contribuyentes.
Información adicional
Los formatos en excel "solicitud de devolución", "anexo impuesto al valor agregado" y "cédula de datos generales" que debes presentar, los puedes obtener del apartado de Contenidos Relacionados.
Recuerda que antes de presentar tu primera solicitud de devolución, debes ingresar la cédula de datos generales, mediante escrito dirigido a la Administración Central de Fiscalización a Grandes Contribuyentes Diversos, dependiente de la Administración General de Grandes Contribuyentes, ubicada en Av. Hidalgo No. 77, módulo III, 2do. nivel, col. Guerrero, C.P. 06300, Ciudad de México.
Si eres una misión diplomática, además, debes contar con la confirmación de reciprocidad, que debe contener, los límites en cuanto a: monto, tipo de bienes o servicios, sujetos beneficiarios, retroactividad y demás especificaciones o limitaciones aplicables, emitido por la Dirección General de Protocolo de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
En caso de que seas un organismo internacional, debes contar con el oficio de confirmación de procedencia de la devolución del IVA de conformidad con el convenio constitutivo o el acuerdo de sede aplicable, emitido por la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad Internacional dependiente de la Administración General de Grandes Contribuyentes.
Para los organismos ejecutores, debes contar con el convenio de cooperación técnica vigente que contenga una cláusula que establezca que las aportaciones realizadas por el país contratante no se utilizarán para el pago de contribuciones.
La solicitud de devolución debes presentarla en forma mensual a través de tu embajada u oficina y clasificada, en “gastos”, “gasolina” y “automóvil”.
Las facturas electrónicas deben ser expedidas a favor del organismo internacional, organismo ejecutor o misión diplomática y cumplir con los requisitos fiscales señalados en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación vigente en el período solicitado.
No olvides proporcionar fotocopia, de la carátula del estado de cuenta con antigüedad no mayor a tres meses donde se aprecie la cuenta clabe y nombre del beneficiario.
La autoridad puede solicitar la documentación adicional que sea necesaria para el trámite de la devolución del IVA, misma que debe presentarse en un plazo no mayor a 30 días contados a partir de la fecha en que surta efectos la notificación del requerimiento respectivo.
En el caso de que no se proporcione dentro del plazo señalado la información solicitada, se dará por no presentada tu solicitud de devolución.
Documentos que obtienes
- Solicitud de devolución sellada
- Resolución a tu trámite
¿Dónde se presenta?
- Lunes a viernes, previa cita a través del portal del SAT.
- Martes, miércoles y jueves, sin cita en un horario de 10:30 a 13:00 horas, serán atendidos en el orden que se vayan presentando.
Modalidades
MISIONES DIPLOMÁTICAS GASTOS Y GASOLINA.
Información adicional
Recuerda que es requisito indispensable que todas las facturas cuenten con el RFC de la misión diplomática.Fundamento Legal
Código Fiscal de la Federación, artículos 1°, 29 y 29-A.Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículos 3 y 5 fracción II.
Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículo 12.
Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 4.1.7. y 4.1.9.
Convención de Viena Sobre Relaciones Diplomáticas de 1961.
Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963.
Requisitos
1. Formato solicitud de devolución (por duplicado).2. Formato anexo impuesto al valor agregado, mismo que se debe acompañar de manera electrónica en formato excel en dispositivo óptico (CD, USB, etc.).
3. Facturas electrónicas que amparen las erogaciones relacionadas en el anexo impuesto al valor agregado.
MISIONES DIPLOMÁTICAS AUTOMÓVIL.
Información adicional
Recuerda que la factura por la adquisición de automóvil, debe contar con el RFC y el nombre de la misión diplomática, además contar con el sello de la agencia en la cual compraste el automóvil y únicamente debes presentar una factura por trámite.Fundamento Legal
Código Fiscal de la Federación, artículos 1°, 29 y 29-A.Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículos 3 y 5 fracción II.
Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículo 12.
Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 4.1.7., 4.1.8. último párrafo y 4.1.9.
Acuerdo por el que se establecen las disposiciones de carácter general para la importación de vehículos en franquicia.
Requisitos
1. Formato solicitud de devolución (por duplicado).2. Formato anexo impuesto al valor agregado.
3. Factura electrónica.
4. Copia de la tarjeta de circulación con placa diplomática.
MISIONES DIPLOMÁTICAS AUTOMÓVIL A FAVOR DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO.
Información adicional
Recuerda que la factura por la adquisición de automóvil a favor de personal diplomático, debe contar con el RFC, el nombre de la misión diplomática y el nombre del personal diplomático, además contar con el sello de la agencia en la cual compraste el automóvil y únicamente debes presentar una factura por trámite.Fundamento Legal
Código Fiscal de la Federación, artículos 1°, 29 y 29-A.Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículos 3 y 5 fracción II.
Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículo 12.
Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 4.1.7., 4.1.8. último párrafo y 4.1.9.
Acuerdo por el que se establecen las disposiciones de carácter general para la importación de vehículos en franquicia.
Requisitos
1. Formato solicitud de devolución (por duplicado).2. Formato anexo impuesto al valor agregado.
3. Factura electrónica.
4. Copia de la tarjeta de circulación con placa diplomática.
5. Copia del carnet diplomático.
ORGANISMO INTERNACIONAL GASTOS Y GASOLINA.
Información adicional
Recuerda que es requisito indispensable que todas las facturas cuenten con el RFC del organismo internacional.Fundamento Legal
Código Fiscal de la Federación, artículos 1°, 29 y 29-A.Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículos 3 y 5 fracción II.
Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículo 13.
Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 4.1.8. y 4.1.9.
Convenios Constitutivos o Acuerdos Sede.
Requisitos
1. Formato solicitud de devolución (por duplicado).2. Formato anexo impuesto al valor agregado, mismo que se debe acompañar de manera electrónica en formato excel en dispositivo óptico (CD, USB, etc.).
3. Facturas electrónicas que amparen las erogaciones relacionadas en el anexo impuesto al valor agregado.
ORGANISMO INTERNACIONAL AUTOMÓVIL
Información adicional
Recuerda que la factura por la adquisición de automóvil, debe contar con el RFC y el nombre del organismo internacional, además contar con el sello de la agencia en la cual compraste el automóvil y únicamente debes presentar una factura por trámite.Fundamento Legal
Código Fiscal de la Federación, artículos 1°, 29 y 29-A.Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículos 3 y 5 fracción II.
Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículo 13.
Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 4.1.8. y 4.1.9.
Convenios Constitutivos o Acuerdos Sede.
Acuerdo por el que se establecen las disposiciones de carácter general para la importación de vehículos en franquicia.
Requisitos
1. Formato solicitud de devolución (por duplicado).2. Formato anexo impuesto al valor agregado.
3. Factura electrónica.
4. Copia de la tarjeta de circulación con placa diplomática.
ORGANISMO INTERNACIONAL AUTOMÓVIL A FAVOR DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO.
Información adicional
Recuerda que la factura por la adquisición de automóvil a favor de personal diplomático, debe contar con el RFC, el nombre del organismo internacional y el nombre del personal diplomático, además contar con el sello de la agencia en la cual compraste el automóvil y únicamente debes presentar una factura por trámite.El oficio de solicitud de confirmación de que procede la devolución del IVA, debes dirigirlo a la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad Internacional, dependiente de la AGGC, ubicada en Av. Hidalgo No. 77, módulo III, P.B., col. Guerrero, C.P. 06300, Ciudad de México.
Fundamento Legal
Código Fiscal de la Federación, artículos 1°, 29 y 29-A.Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículos 3 y 5 fracción II.
Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículo 13.
Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 4.1.8. y 4.1.9.
Convenios Constitutivos o Acuerdos Sede.
Acuerdo por el que se establecen las disposiciones de carácter general para la importación de vehículos en franquicia.
Requisitos
1. Formato solicitud de devolución (por duplicado).2. Formato anexo impuesto al valor agregado.
3. Oficio de confirmación de que procede la devolución del IVA de conformidad con el convenio constitutivo o el acuerdo de sede aplicable, emitido por la Administración Central de Apoyo Jurídico y Normatividad Internacional dependiente de la AGGC, a través del cual se te autoriza la devolución del IVA por la adquisición del automóvil, especificando los datos del vehículo (propietario, marca, modelo, serie y placa diplomática).
4. Factura electrónica.
5. Copia de la tarjeta de circulación con placa diplomática.
6. Copia del carnet diplomático.
ORGANISMOS EJECUTORES
Información adicional
Recuerda que es requisito indispensable que todas las facturas cuenten con el RFC del organismo.Fundamento Legal
Código Fiscal de la Federación, artículos 1°, 29 y 29-A.Ley del Impuesto al Valor Agregado, artículos 3 y 5 fracción II.
Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.3.1.
Convenios de Cooperación Técnica.
Requisitos
1. Formato solicitud de devolución (por duplicado).2. Formato anexo impuesto al valor agregado, mismo que se debe acompañar de manera electrónica en formato excel en dispositivo óptico (CD, USB, etc.).
3. Facturas electrónicas que amparen las erogaciones relacionadas en el anexo impuesto al valor agregado.