Solicita el reintegro de cantidades derivadas del programa de devoluciones de IVA a turistas extranjeros
Es el medio con el cual el concesionario solicita un reintegro de IVA a turistas extranjeros.
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¿Quiénes lo presentan?
Concesionarios autorizados por el SAT para operar este programa.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
Lunes o en su caso, el primer día hábil de cada semana.
Fundamento Legal
- Ley del IVA, artículo 31.
- Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 4.6.2 y 4.6.3.
- Reglas de Operación para Administrar las devoluciones de IVA a los extranjeros con calidad de turistas.
- Acude con los documentos del trámite a la Administración Central de Servicios Tributarios al Contribuyente.
- Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
- Recibe y conserva la solicitud de reintegro sellada, como acuse de recibo.
Información adicional
Contar con e.firma.
Documentos que obtienes
- Solicitud de reintegro sellada como acuse de recibo.
¿Dónde se presenta?
En la Administración Central de Servicios Tributarios al Contribuyente, ubicada en Avenida Hidalgo número 77, Módulo 5, planta baja, Colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06300, Ciudad de México.
Compromiso de servicio
Duración máxima: 40 minutos por trámite.
Espera máxima: 5 minutos para contribuyentes con cita.
Entrega inmediata de los productos derivados del trámite.
Espera máxima: 5 minutos para contribuyentes con cita.
Entrega inmediata de los productos derivados del trámite.
Requisitos
- Formato DTE solicitud de reintegro al concesionario de cantidades derivadas del programa de devoluciones de IVA a turistas extranjeros, por duplicado.
- Adjuntar Dispositivo Magnético (disco compacto) con la información que se requiere conforme a lo establecido en la Décima Primera Regla de Operación para Administrar las devoluciones de IVA a los extranjeros con calidad de turistas.
- Tratándose de la primera vez que solicita el reintegro, original o copia certificada del documento (Acta constitutiva y poder notarial, en su caso) que acredite la personalidad del representante legal de la persona moral Concesionaria y anexar copia simple para cotejo.
- Cuando se sustituya o designe otro representante legal, deberá exhibir original o copia certificada del acta de asamblea protocolizada o del poder notarial que acredite la personalidad del firmante de la promoción y anexar copia para cotejo.
- Original y copia simple de identificación oficial vigente de las señaladas en el inciso A) del apartado de Definiciones del Anexo 1-A (original para cotejo).