Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Personas que:
 
  • Modifiquen las actividades económicas que realizan y siempre que conserven al menos una activa.
  • Opten por una periodicidad de cumplimiento de obligaciones fiscales diferente o cuando opten por no efectuar pagos provisionales o definitivos.
  • Elijan una opción de tributación diferente a la que tienen.
  • Tengan una nueva obligación fiscal por cuenta propia o de terceros o cuando dejen de tener alguna de éstas.
  • Cambien su actividad económica preponderante.
  • Cambien su residencia fiscal al extranjero y continúen con actividades económicas para efectos fiscales en México.
 
 

Costo

Trámite gratuito.

¿Cuándo se presenta?

  • Dentro del mes siguiente a aquél en que se dé la situación jurídica o de hecho que lo motive.
  • En caso de cambios de residencia fiscal, a más tardar dentro de los 15 días inmediatos anteriores a aquél en que suceda el cambio de residencia fiscal o máximo con dos meses de anticipación.

 
 

Fundamento Legal

  • Código Fiscal de la Federación, artículos 9, 17-D y 27.
  • Ley del Impuesto Sobre la Renta, artículo 174.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 30.
  • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.5.13., 3.12.4., 3.13.2., 3.13.19., 3.21.4.1, 12.3.2., 12.3.5. y 12.3.15.
  • Resolución de Facilidades Administrativas para los contribuyentes de los sectores que en la misma se señalan para 2024, reglas 1.3., 2.8., 2.10., 3.11., 3.13., 4.4. y 4.6.
 
 
 
Iniciar
En línea
  1. Ingresa al Portal del SAT.
  2. Selecciona la modalidad de Persona, el apartado "Trámites del RFC", expande el menú de "Actualización en el RFC", enseguida da clic en la opción "Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales como persona física", da clic en iniciar e ingresa con RFC y contraseña.
  3. Llena los datos solicitados en el formulario y confirma la información.
  4. Imprime o guarda el "acuse de movimientos de actualización de situación fiscal".

Información adicional

Documentos que obtienes

Requisitos

  1. No se requiere presentar documentación.
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