Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Las personas físicas.

Costo

Trámite gratuito.

¿Cuándo se presenta?

Cuando la persona física enajene un bien y no desee disminuir el costo de adquisición en función de los años transcurridos.

Fundamento Legal

  • Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 124, tercer párrafo.
  • Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 210, último párrafo.
  • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 3.15.13.
  • Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, ficha de trámite 71/ISR.
Iniciar
En línea
  1. Da clic en el botón Iniciar, ingresa tu RFC y Contraseña.
  2. Localiza la opción Servicios por Internet, después ingresa al apartado Servicio o solicitudes, y por último a la opción Solicitud.
  3. Elige el Trámite que corresponda al tipo de solicitud que desees registrar.
  4. Captura la información de los campos que se solicitan.
  5. Adjunta los archivos solicitados.
  6. Da clic en el botón de Enviar.

Información adicional

Documentos que obtienes

Requisitos

  1. Contar con Contraseña.
  2. Documentación o elementos que comprueben que te encuentras en el supuesto establecido por los artículos 124, tercer párrafo de la Ley del ISR y 210, último párrafo de su Reglamento.
x OrientaSAT