Presenta tu aviso de inicio de liquidación
Permite informar al SAT que una empresa o sociedad inició su disolución.
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¿Quiénes lo presentan?
La o el liquidador de personas morales que hayan iniciado el proceso de liquidación o que cambien de residencia fiscal.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
El aviso de inicio de liquidación, dentro del mes siguiente a la fecha en que se presente la declaración del ejercicio que finalizó anticipadamente.
El aviso de cambio de residencia fiscal, a más tardar dentro de los 15 días inmediatos anteriores a aquél en que suceda el cambio de residencia fiscal y con no más de dos meses de anticipación.
Fundamento Legal
- Código Fiscal de la Federación, artículos 9 y 11.
- Reglamento del Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 30.
-
Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.5.2. y 2.5.13.
- Acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
- Entrega la documentación al personal que atenderá el trámite.
- Recibe la forma oficial RX sellada y foliada como acuse de recibo junto con el Acuse de información de trámite de actualización o cancelación al RFC.
Información adicional
Condiciones:
- Haber presentado la declaración anual por terminación anticipada del ejercicio.
- Contar con opinión de cumplimiento positiva de la persona moral a cancelar, al momento de la presentación del aviso.
- Contar con e.firma de la persona moral a cancelar y del liquidador.
- No debe estar sujeta al ejercicio de facultades de comprobación, ni tener créditos fiscales a su cargo.
- No estar publicado en las listas a que se refiere el artículo 69 del CFF con excepción de la fracción VI relativo a créditos condonados.
- No estar publicado en las listas a que se refieren el segundo y cuarto párrafos del artículo 69-B del CFF.
- No haber realizado operaciones con contribuyentes que hayan sido publicados en los listados a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF, o bien, que acreditaron ante el SAT la materialidad de las operaciones que ampara los CFDI o que se autocorrigieron, exhibiendo en este caso la declaración o declaraciones complementarias que correspondan.
- Que no existan omisiones, diferencias o incongruencias en la declaración por terminación anticipada, pagos provisionales, retenciones, definitivos, anuales, ingresos, egresos y retenciones en relación con sus CFDI, expedientes, documentos o bases de datos que lleven las autoridades fiscales, tengan en su poder o a las que tengan acceso.
- Contar con buzón tributario activo.
- Que el domicilio para conservar la contabilidad manifestado en la citada Forma RX sea localizable.
Documentos que obtienes
- Forma oficial RX “Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al Registro Federal de Contribuyentes”, sellado como acuse de recibo.
- Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal.
- Oficio de rechazo por incumplimiento de requisitos o condiciones.
¿Dónde se presenta?
En las oficinas del SAT, previa cita registrada en el Portal del SAT (www.sat.gob.mx), SAT Móvil o Portal gob.mx.
Documento Descargable
Compromiso de servicio
- La duración máxima del trámite es de 40 minutos.
- Con cita, la espera máxima es de 5 minutos.
Requisitos
- Documento notarial debidamente protocolizado de la disolución de la sociedad, donde conste el nombre del liquidador o liquidadores (copia certificada y copia fotostática para cotejo).
- Constancia de que la liquidación está inscrita en el Registro Público de Comercio (original y copia fotostática para cotejo), o en su caso, documento que acredite que la inscripción ante el Registro Público de Comercio está en trámite, pudiendo ser mediante una carta emitida por el Fedatario Público que protocolizó el documento de liquidación o a través de una inserción en el propio documento protocolizado (original y copia fotostática para cotejo).
- Identificación oficial vigente del contribuyente o del representante legal como: credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, tratándose de extranjeros podrán presentar: documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio), (original y copia fotostática para cotejo).
- Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal de la liquidación (copia certificada y copia fotostática para cotejo).
- Forma Oficial RX “Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al Registro Federal de Contribuyentes” firmado por el liquidador (en dos tantos).
- En el caso del aviso por cambio de residencia fiscal, adicional al Formato RX, deberá presentar: Testimonio notarial del acta de asamblea en la que conste el cambio de residencia que contenga los datos de inscripción de la misma, ante el Registro Público de Comercio (copia certificada y copia fotostática para cotejo), acompañado de la constancia de inscripción en dicho registro, o en su caso documento que acredite que la inscripción ante dicho registro está en trámite, pudiendo ser mediante una carta emitida por el Fedatario Público que protocolizó el documento o a través de una inserción en el propio documento protocolizado. Documento con el que acredite su número de identificación fiscal del país en que residan, cuando tengan obligación de contar con éste en dicho país (copia certificada, legalizada o apostillada por autoridad competente y copia fotostática para cotejo).