Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Las personas morales que deseen obtener autorización para emitir monederos electrónicos de combustibles.

Costo

Trámite gratuito.

¿Cuándo se presenta?

Una vez que obtengas el oficio con el que acredites cumplir con los requisitos tecnológicos para ser emisor de monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, emitido por la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control de la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información.

Fundamento Legal

  • Código Fiscal de la Federación, artículos 18,18-A y 37.
  • Ley del Impuesto Sobre la Renta, artículo 27, fracción III.
  • Resolución Miscelánea Fiscal vigente, reglas 3.3.1.7., 3.3.1.8.
  • Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, ficha de trámite 6/ISR "Solicitud de autorización para emitir monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres".
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Documentos que obtienes

Requisitos

  1. Oficio emitido por la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control de la Administración General de Comunicaciones y Tecnologías de la Información que acredite cumplir con los requisitos tecnológicos para ser emisor de monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, con fecha de expedición no mayor a 3 meses de la presentación de la solicitud de autorización.
  2. Prototipo del contrato con clientes contratantes de monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles en el que se señalen los requisitos establecidos en la ficha de trámite 6/ISR "Solicitud de autorización para emitir monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres", contenida en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal.
  3. Prototipo del contrato directo de afiliación con estaciones de servicio en el que se señalen los requisitos establecidos en la ficha de trámite 6/ISR "Solicitud de autorización para emitir monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marírimos, aéreos y terrestres", contenida en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal.
  4. Libro de registro de acciones nominativas y libro de variaciones de capital, en caso de que te encuentres obligada a llevarlos conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles, con los cuales acredites tener un capital social suscrito y pagado de por lo menos $10´000,000.00 (diez millones de pesos). En caso de no tener la obligación de llevar el libro de variaciones de capital, deberás manifestarlo.
  5. Contrato celebrado con el proveedor de certificación de CFDI que proporcione el servicio de certificación del CFDI con el complemento de estado de cuenta de combustibles para monederos electrónicos autorizados por el SAT y el CFDI de egresos con el complemento de consumo de combustibles.
  6. Acta constitutiva o su modificación, debidamente inscrita en el Registro Público de Comercio, donde se acredite que, dentro del objeto social se encuentra la emisión de vales o monederos electrónicos.
  7. Manifestación bajo protesta de decir verdad que no se ubica en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 69, fracciones I a V y 69-B, cuarto párrafo del CFF.
  8. Opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales.
  9. Tratándose de emisores de monederos electrónicos de combustibles que también sean estaciones de servicios, deberán manifestar bajo protesta de decir verdad que cuando los monederos electrónicos se utilicen para adquirir combustibles que ellos mismos enajenen, conservarán como parte de su contabilidad, registros que permitan identificar que los monederos electrónicos únicamente fueron utilizados para la adquisición de combustibles dentro de territorio nacional y que no se utilizaron para disponer de efectivo, intercambiarse por títulos de crédito, así como para obtener bienes distintos a combustibles.
  10. Dirección web de su página de Internet.
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