Solicita que se deje sin efectos la autorización de pago a plazos
Te permite solicitar que se deje sin efectos la autorización de pago en parcialidades o el pago diferido, debido a que en una fecha posterior presentaste una declaración complementaria con la que modificaste los montos que dieron lugar al pago a plazos.
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¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y personas morales.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
Cuando presentaste una declaración complementaria que modifica tu adeudo parcializado.
Fundamento Legal
- Código Fiscal de la Federación, artículos 18, 19, 66, 66-A.
- Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.11.3.
- Da clic en el botón INICIAR.
- Ingresa a Mi portal con tu RFC y Contraseña.
- Selecciona la opción Servicios por internet/Servicios o solicitudes/Solicitud y enseguida te aparecerá un formulario.
- Requisita el formulario conforme a lo siguiente: 5. En el apartado Descripción del Servicio en Trámite selecciona la opción PAGO A PLAZOS 66 Y 66-A CFF; en Dirigido a: ADR; en Asunto: se solicita dejar sin efectos el pago a plazos. Descripción: señala la información de la declaración complementaria que presentaste y que ampare tu solicitud para dejar sin efectos el pago a plazos previamente autorizado; Adjuntar Archivo: da clic en Elegir archivo y selecciona los documentos digitalizados en formato PDF que contienen la información que subirás señalados en el apartado ¿Qué requisitos debo cumplir? y elige Cargar; selecciona Enviar, se genera el acuse de recepción que contiene el número de folio del trámite y tu acuse de recibo con el que puedes dar seguimiento a tu solicitud, imprímelo o guárdalo.
- Revisa tu solicitud periódicamente ya que en el plazo de 15 días se te puede solicitar información faltante o informarte de la emisión de la resolución a tu solicitud.
Información adicional
- Considera que el escrito libre debe contener:
- Nombre, denominación o razón social de la empresa, si eres persona moral.
- Domicilio fiscal que tienes manifestado en el RFC.
- Clave del RFC.
- Domicilio para oír y recibir notificaciones.
- Señalar la autoridad a la que te diriges.
- El propósito de la promoción.
- Dirección de correo electrónico.
- Estar firmado.
- Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales.
Manifestar lo siguiente:
- Que desea dejar sin efectos el pago a plazos, en parcialidades o diferido autorizado y señalar el número de oficio y su fecha mediante el cual se te notificó la resolución de autorización.
- Bajo protesta de decir verdad, que el adeudo no fue determinado por medio de declaración de corrección fiscal o con motivo de dictamen, así mismo que no has interpuesto medio de defensa respecto del adeudo.
- Señalar el número de operación y fecha de presentación de la declaración complementaria y en su caso, anexar los comprobantes de pago efectuados.
Anexar:
- La documentación que acredite la forma en que se determinaron las contribuciones manifestadas en la declaración complementaria.
- Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.
- En caso de ser representante legal: Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales notario o fedatario público (original y copia simple para cotejo). Documento notarial con el que se haya designado el presentante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para su cotejo). Para mayor referencia consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.
- Puntos a considerar:
- Dentro de los 15 días hábiles siguientes al ingreso de tu solicitud, la autoridad puede realizar lo siguiente:
- Te notificará por Buzón Tributario o de manera personal el requerimiento de información o documentación faltante en tu solicitud.
- Para el caso de que no se haya omitido ningún requisito en tu solicitud, te entregará por correo electrónico, Buzón Tributario o de manera personal la resolución que deja sin efectos la autorización de pago a plazos.
- Debes cumplir con el requerimiento de información o documentación faltante en tu solicitud dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de notificación o entrega.
- Del análisis a tu solicitud, la autoridad puede dejar sin efectos la autorización de pago a plazos.
- En caso de que no cumplas con alguno de los requisitos, se tiene por desistida tu solicitud.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo.
- Oficio de respuesta a su solicitud.
Requisitos
- Escrito libre que debe contener los elementos indicados en el punto 1 de la sección Información adicional.
- Haber presentado declaración complementaria.
- Entrega la solicitud a la autoridad fiscal.
- Recibe el escrito libre sellado como acuse de recibo
- Espera respuesta del SAT.
- En caso de que la respuesta a tu solicitud sea positiva, se procederá a dejar sin efectos la autorización de pago a plazos, en caso contrario, se continuará con el pago a plazos.
Información adicional
- Considera que el escrito libre debe contener:
- Nombre, denominación o razón social de la empresa, si eres persona moral.
- Domicilio fiscal que tienes manifestado en el RFC.
- Clave del RFC.
- Domicilio para oír y recibir notificaciones.
- Señalar la autoridad a la que te diriges.
- El propósito de la promoción.
- Dirección de correo electrónico.
- Estar firmado.
- Acreditamiento de la representación de las personas físicas o morales.
Manifestar lo siguiente:
- Que desea dejar sin efectos el pago a plazos, en parcialidades o diferido autorizado y señalar el número de oficio y su fecha mediante el cual se te notificó la resolución de autorización.
- Bajo protesta de decir verdad, que el adeudo no fue determinado por medio de declaración de corrección fiscal o con motivo de dictamen, así mismo que no has interpuesto medio de defensa respecto del adeudo.
- Señalar el número de operación y fecha de presentación de la declaración complementaria y en su caso, anexar los comprobantes de pago efectuados.
Anexar:
- La documentación que acredite la forma en que se determinaron las contribuciones manifestadas en la declaración complementaria.
- Identificación oficial, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la RMF.
- En caso de ser representante legal: Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada y copia simple para cotejo) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales notario o fedatario público (original y copia simple para cotejo). Documento notarial con el que se haya designado el presentante legal para efectos fiscales, en caso de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México (copia certificada y copia simple para su cotejo). Para mayor referencia consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso C) Poderes, del Anexo 1-A de la RMF.
- Puntos a considerar:
- Dentro de los 15 días hábiles siguientes al ingreso de tu solicitud, la autoridad puede realizar lo siguiente:
- Te notificará por Buzón Tributario o de manera personal el requerimiento de información o documentación faltante en tu solicitud.
- Para el caso de que no se haya omitido ningún requisito en tu solicitud, te entregará por correo electrónico, Buzón Tributario o de manera personal la resolución que deja sin efectos la autorización de pago a plazos.
- Debes cumplir con el requerimiento de información o documentación faltante en tu solicitud dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de notificación o entrega.
- Del análisis a tu solicitud, la autoridad puede dejar sin efectos la autorización de pago a plazos.
- En caso de que no cumplas con alguno de los requisitos, se tiene por desistida tu solicitud.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo.
- Oficio de respuesta a su solicitud.
¿Dónde se presenta?
En las oficinas de Recaudación en la que presentaste tu solicitud, o en la entidad federativa correspondiente, con el acuse de recibo.
Compromiso de servicio
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud o del cumplimiento al requerimiento de información.
Requisitos
- Escrito libre que debe contener los elementos indicados en el punto 1 de la sección Información adicional.
- Haber presentado declaración complementaria.