Presenta el aviso de apertura de sucesión
Te permite cambiar la situación de un RFC, si eres representante legal o albacea de la sucesión en caso de que fallezca la persona obligada a presentar declaraciones periódicas por cuenta propia.
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¿Quiénes lo presentan?
El representante legal o albacea de la sucesión en el caso de fallecimiento de la persona física obligada a presentar declaraciones periódicas por cuenta propia.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
Dentro del mes siguiente al día en que se acepte el cargo de representante o albacea de la sucesión y previo a la presentación del aviso de cancelación en el RFC por liquidación de la sucesión.
Fundamento Legal
- Código Fiscal de la Federación, artículo 27.
- Reglamento de Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 30.
- Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.5.13.
- Acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT de tu preferencia.
- Entrega la documentación.
- Proporciona la información que te solicite el asesor fiscal.
- Recibe tu acuse del trámite en formato oficial del SAT, sellado.
Documentos que obtienes
- Forma oficial RX "Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes", sellado como acuse de recibo.
- Acuse de movimientos de actualización de situación fiscal, que contiene número de folio, lugar y fecha de emisión, datos del contribuyente, tipo de movimiento, datos de ubicación, actividades económicas, regímenes, obligaciones, sello digital y código de barras bidimensional (QR).
¿Dónde se presenta?
En las oficinas del SAT, previa cita registrada en el Portal del SAT (https://www.sat.gob.mx) o en la aplicación para celular SAT Móvil.
Compromiso de servicio
- Duración máxima del trámite, 40 minutos.
- Con cita, la espera máxima es de 5 minutos.
Requisitos
- Forma Oficial RX "Formato de avisos de liquidación, fusión, escisión y cancelación al Registro Federal de Contribuyentes (en dos tantos).
- Acta de defunción expedida por el Registro Civil correspondiente (copia certificada).
- Documento en el que el representante de la sucesión acepta el cargo, dicho documento deberá contener la fecha de inicio de la sucesión (copia certificada).
- Identificación oficial vigente y en original del contribuyente o del representante legal como: credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral (antes Instituto Federal Electoral), pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores. Tratándose de extranjeros: documento migratorio que corresponda, emitido por autoridad competente (en su caso, prórroga o refrendo migratorio). (Original)
- Poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal (copia certificada) o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales (original), notario o fedatario público (copia certificada).
- Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales, en caso de albaceas residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México. (Copia certificada)