Actualiza tus datos como emisor autorizado de monederos electrónicos de vales de despensa
Actualiza los datos relacionados con la autorización para emitir monederos electrónicos de vales de despensa.
< Volver
¿Quiénes lo presentan?
Los emisores autorizados de monederos electrónicos de vales de despensa.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
Antes de que se dé alguno de los siguientes supuestos:
- La modificación total o parcial del nombre comercial del monedero electrónico autorizado;
- El cambio de modalidades;
- La emisión adicional al prototipo de monedero electrónico autorizado;
- Cambio de dirección web de la página de Internet, y
- La modificación de cualquiera de los requisitos señalados en la ficha de trámite 10/ISR "Solicitud de autorización para emitir monederos electrónicos de vales de despensa".
Dentro de los quince días siguientes a aquél en que se dé alguno de los siguientes cambios:
- De denominación o razón social, y
- De domicilio fiscal.
Fundamento Legal
- Código Fiscal de la Federación, artículo 37.
- Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 27, fracción XI.
- Resolución Miscelánea Fiscal vigente, regla 3.3.1.17., 3.3.1.19. y 3.3.1.22.
- Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, ficha de trámite 12/ISR.
- Da en iniciar.
- Autentícate con RFC y contraseña o e.firma
- Adjunta los documentos solicitados como requisitos
- Firma el aviso
Información adicional
- La documentación e información, debes digitalizarlo en formato .pdf, sin que cada archivo exceda los 4 MB.
- Si el tamaño del archivo es mayor, debes ajustarlo o dividirlo en varios archivos que cumplan con el tamaño y especificaciones señaladas.
- No pueden adjuntarse archivos con el mismo nombre.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo.
- Respuesta de la valoración del Aviso.
Requisitos
- En caso de cambio de denominación o razón social o de representante legal, digitalización del instrumento notarial en el que conste dicho cambio.
- En el supuesto de modificación total o parcial del nombre comercial: a) Digitalización del escrito mediante el cual señale el nombre comercial con el que cuenta el monedero electrónico autorizado, así como la modificación total o parcial al mismo. b) Digitalización a color del prototipo del monedero en el que se observe la modificación total o parcial, así como del que cuenta con el nombre comercial que se modifica.
- En el supuesto de modalidades: a) Digitalización del escrito mediante el cual señale en que consisten las modalidades efectuadas al monedero electrónico autorizado. b) Digitalización a color del prototipo del monedero en el que se observen las modalidades efectuadas, así como de aquél sobre el que se aplicaron las mismas.
- En el supuesto de emisión adicional al prototipo de monedero electrónico autorizado: a) Digitalización del escrito mediante el cual señale en qué consiste la emisión adicional. b) Digitalización a color del prototipo que constituya la emisión adicional, así como del prototipo de monedero electrónico autorizado.
- En caso de cambio de domicilio fiscal, folio del aviso presentado previamente ante el SAT.
- En el caso de cambio de dirección web de la página de Internet: Digitalización del escrito en el que señale la dirección web que deberá ser publicada en el Portal del SAT.
- En el caso de la modificación de cualquiera de los requisitos señalados en la ficha de trámite 10/ISR "Solicitud de autorización para emitir monederos electrónicos de vales de despensa": a) Digitalización del escrito en el que señale la modificación de que se trate. b) Digitalización de la documentación en la que se advierta la modificación de que se trate.