Deja sin efectos la suspensión en el padrón de exportadores sectorial
Trámite que te sirve para que puedas volver a exportar mercancías según sea tu giro.
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¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas o personas morales.
Costo
Trámite Gratuito.
¿Cuándo se presenta?
Al momento en que quieras volver a realizar actividades de exportación.
Fundamento Legal
Ley Aduanera, artículo 59 fracción IV.
Reglas Generales de Comercio Exterior, regla 1.3.7.
Reglamento de la Ley Aduanera artículo 87.
Reglamento de la Ley Aduanera artículo 87.
- Llena la solicitud para el padrón de exportadores sectorial.
- Anexa los requisitos que le correspondan al sector que vas a solicitar.
- Presenta en la oficialía de partes de la Oficina del SAT de tu preferencia, o directamente en la oficialía de partes de la Administración Central de Operación de Padrones, la solicitud junto con los requisitos del sector que vas a solicitar.
- Recibe tu comprobante de recepción del trámite solicitado.
Información adicional
- Llena claramente los campos que se indican en dos tantos de esta solicitud.
- No invadas los límites de los recuadros.
- De preferencia utiliza tinta azul.
- Puedes seleccionar más de un sector.<br>
* Debes verificar el número de folio que se asigna al momento de presentar tu solicitud, en la oficialía de partes, para que puedas dar seguimiento a su resultado o efectuar consultas del mismo; el número de folio debe contener las siglas de la ADSC correspondiente, número consecutivo, ejercicio fiscal y número de sector solicitado, por ejemplo JAL5-1942-2016-10/14/15.<br>
* También puedes consultar las Guías de Trámites para Padrón que se encuentran publicadas en el apartado de contenidos adicionales, donde encontrarás la información detallada para cada trámite.
Documentos que obtienes
- Copia de la solicitud con sello de recepción del trámite.
¿Dónde se presenta?
Podrás entregarlo en cualquier Oficina del SAT de tu preferencia o directamente en la Oficialía de Partes de Av. Hidalgo, núm. 77, Módulo IV, Piso 2, Col. Guerrero, Deleg. Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México.
Compromiso de servicio
Su solicitud para dejar sin efectos las suspensión en el Padrón de Exportadores Sectorial, será atendido en un plazo no mayor a 10 días hábiles contados a partir del día siguiente en que fue recibido su trámite.
Modalidades
Dejar sin efectos la suspensión en el padrón de exportadores sectorial de alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables.
Información adicional
• Llena claramente los campos que se indican en dos tantos de esta solicitud.• No invadas los límites de los recuadros.
• De preferencia utiliza tinta azul.
Fundamento Legal
Ley Aduanera, artículo 59 fracción IV.Reglamento de la Ley Aduanera artículo 87.
Reglas Generales de Comercio Exterior, regla 1.3.7.
Requisitos
a) Si el representante legal es extranjero, anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el país y que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Población.b) Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, incluir además, copia del documento mediante el cual comprueben, su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.
c) Si la persona física es representada por una tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte para realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Código.
d) Si cambió la denominación o razón social de la empresa, deberá enviar copia simple de la escritura pública protocolizada ante notario público, en la cual conste dicho cambio.
e) En el caso de trámite de Solicitud para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Exportadores Sectorial, anexar documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.
Dejar sin efectos la suspensión en el padrón de exportadores sectorial de cerveza.
Información adicional
• Llena claramente los campos que se indican en dos tantos de esta solicitud.• No invadas los límites de los recuadros.
• De preferencia utiliza tinta azul.
Fundamento Legal
Ley Aduanera, artículo 59 fracción IV.Reglamento de la Ley Aduanera artículo 87.
Reglas Generales de Comercio Exterior, regla 1.3.7.
Requisitos
a) Si el representante legal es extranjero, anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el país y que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Población.b) Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, incluir además, copia del documento mediante el cual comprueben, su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.
c) Si la persona física es representada por una tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte para realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Código.
d) Si cambió la denominación o razón social de la empresa, deberá enviar copia simple de la escritura pública protocolizada ante notario público, en la cual conste dicho cambio.
e) En el caso de trámite de Solicitud para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Exportadores Sectorial, anexar documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.
Dejar sin efectos la suspensión en el padrón de exportadores sectorial de tequila.
Información adicional
• Llena claramente los campos que se indican en dos tantos de esta solicitud.• No invadas los límites de los recuadros.
• De preferencia utiliza tinta azul.
Fundamento Legal
Ley Aduanera, artículo 59 fracción IV.Reglamento de la Ley Aduanera artículo 87.
Reglas Generales de Comercio Exterior, regla 1.3.7.
Requisitos
a) Si el representante legal es extranjero, anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el país y que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Población.b) Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, incluir además, copia del documento mediante el cual comprueben, su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.
c) Si la persona física es representada por una tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte para realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Código.
d) Si cambió la denominación o razón social de la empresa, deberá enviar copia simple de la escritura pública protocolizada ante notario público, en la cual conste dicho cambio.
e) En el caso de trámite de Solicitud para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Exportadores Sectorial, anexar documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.
Dejar sin efectos la suspensión en el padrón de exportadores sectorial de bebidas alcohólicas fermentadas (vinos).
Información adicional
• Llena claramente los campos que se indican en dos tantos de esta solicitud.• No invadas los límites de los recuadros.
• De preferencia utiliza tinta azul.
Fundamento Legal
Ley Aduanera, artículo 59 fracción IV.Reglamento de la Ley Aduanera artículo 87.
Reglas Generales de Comercio Exterior, regla 1.3.7.
Requisitos
a) Si el representante legal es extranjero, anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el país y que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Población.b) Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, incluir además, copia del documento mediante el cual comprueben, su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.
c) Si la persona física es representada por una tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte para realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Código.
d) Si cambió la denominación o razón social de la empresa, deberá enviar copia simple de la escritura pública protocolizada ante notario público, en la cual conste dicho cambio.
e) En el caso de trámite de Solicitud para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Exportadores Sectorial, anexar documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.
Dejar sin efectos la suspensión en el padrón de exportadores sectorial de bebidas alcohólicas destiladas (licores).
Información adicional
• Llena claramente los campos que se indican en dos tantos de esta solicitud.• No invadas los límites de los recuadros.
• De preferencia utiliza tinta azul.
Fundamento Legal
Ley Aduanera, artículo 59 fracción IV.Reglamento de la Ley Aduanera artículo 87.
Reglas Generales de Comercio Exterior, regla 1.3.7.
Requisitos
a) Si el representante legal es extranjero, anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el país y que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Población.b) Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, incluir además, copia del documento mediante el cual comprueben, su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.
c) Si la persona física es representada por una tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte para realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Código.
d) Si cambió la denominación o razón social de la empresa, deberá enviar copia simple de la escritura pública protocolizada ante notario público, en la cual conste dicho cambio.
e) En el caso de trámite de Solicitud para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Exportadores Sectorial, anexar documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.
Dejar sin efectos la suspensión en el padrón de exportadores sectorial de cigarros y tabacos labrados.
Información adicional
• Llena claramente los campos que se indican en dos tantos de esta solicitud.• No invadas los límites de los recuadros.
• De preferencia utiliza tinta azul.
Fundamento Legal
Ley Aduanera, artículo 59 fracción IV.Reglamento de la Ley Aduanera artículo 87.
Reglas Generales de Comercio Exterior, regla 1.3.7.
Requisitos
a) Si el representante legal es extranjero, anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el país y que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Población.b) Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, incluir además, copia del documento mediante el cual comprueben, su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.
c) Si la persona física es representada por una tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte para realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Código.
d) Si cambió la denominación o razón social de la empresa, deberá enviar copia simple de la escritura pública protocolizada ante notario público, en la cual conste dicho cambio.
e) En el caso de trámite de Solicitud para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Exportadores Sectorial, anexar documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.
Dejar sin efectos la suspensión en el padrón de exportadores sectorial de bebidas energetizantes, así como concentrados polvos y jarabes para preparar bebidas energetizantes.
Información adicional
• Llena claramente los campos que se indican en dos tantos de esta solicitud.• No invadas los límites de los recuadros.
• De preferencia utiliza tinta azul.
Fundamento Legal
Ley Aduanera, artículo 59 fracción IV.Reglamento de la Ley Aduanera artículo 87.
Reglas Generales de Comercio Exterior, regla 1.3.7.
Requisitos
a) Si el representante legal es extranjero, anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el país y que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Población.b) Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, incluir además, copia del documento mediante el cual comprueben, su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.
c) Si la persona física es representada por una tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte para realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Código.
d) Si cambió la denominación o razón social de la empresa, deberá enviar copia simple de la escritura pública protocolizada ante notario público, en la cual conste dicho cambio.
e) En el caso de trámite de Solicitud para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Exportadores Sectorial, anexar documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.
Dejar sin efectos la suspensión en el padrón de exportadores sectorial de minerales de hierro y sus concentrados.
Información adicional
• Llena claramente los campos que se indican en dos tantos de esta solicitud.• No invadas los límites de los recuadros.
• De preferencia utiliza tinta azul.
Fundamento Legal
Ley Aduanera, artículo 59 fracción IV.Reglamento de la Ley Aduanera artículo 87.
Reglas Generales de Comercio Exterior, regla 1.3.7.
Requisitos
a) Si el representante legal es extranjero, anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el país y que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Población.b) Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, incluir además, copia del documento mediante el cual comprueben, su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.
c) Si la persona física es representada por una tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte para realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Código.
d) Si cambió la denominación o razón social de la empresa, deberá enviar copia simple de la escritura pública protocolizada ante notario público, en la cual conste dicho cambio.
e) En el caso de trámite de Solicitud para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Exportadores Sectorial, anexar documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.
f) Únicamente para la inscripción al Padrón de Exportadores Sectorial del Sector 8 se deberá anexar:
1) Copia del documento que compruebe la validación del folio otorgado por SEMARNAT, de la autorización en materia de impacto ambiental y de la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales; a nombre de la persona física o moral solicitante.
2) Copia del título de concesión minera otorgado por la Dirección General de Minas, o en su caso del contrato de explotación, acreditando su inscripción en el Registro Público de Minería y que se encuentre al corriente en el pago de derechos.
3) Copia del permiso previo vigente de exportación emitido por la SE.
Dejar sin efectos la suspensión en el padrón de exportadores sectorial de oro, plata y cobre.
Información adicional
• Llena claramente los campos que se indican en dos tantos de esta solicitud.• No invadas los límites de los recuadros.
• De preferencia utiliza tinta azul.
Fundamento Legal
Ley Aduanera, artículo 59 fracción IV.Reglamento de la Ley Aduanera artículo 87.
Reglas Generales de Comercio Exterior, regla 1.3.7.
Requisitos
a) Si el representante legal es extranjero, anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el país y que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Población.b) Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, incluir además, copia del documento mediante el cual comprueben, su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.
c) Si la persona física es representada por una tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte para realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Código.
d) Si cambió la denominación o razón social de la empresa, deberá enviar copia simple de la escritura pública protocolizada ante notario público, en la cual conste dicho cambio.
e) En el caso de trámite de Solicitud para dejar sin efectos la Suspensión en el Padrón de Exportadores Sectorial, anexar documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.
g) Únicamente para la inscripción al Padrón de Exportadores Sectorial del Sector 9 se deberá anexar la declaración firmada bajo protesta de decir verdad por el representante o apoderado legal de la persona moral, en la que se exprese la fecha, procedencia del producto aurífero, platero o de cobre anexando para los efectos la razón social, el RFC de sus diez principales proveedores por concepto de venta del producto terminado o semiterminado a exportar.
Dejar sin efectos la suspensión en el padrón de exportadores sectorial de plásticos.
Información adicional
• Llena claramente los campos que se indican en dos tantos de esta solicitud.• No invadas los límites de los recuadros.
• De preferencia utiliza tinta azul.
Fundamento Legal
Ley Aduanera, artículo 59 fracción IV.Reglamento de la Ley Aduanera artículo 87.
Reglas Generales de Comercio Exterior, regla 1.3.7.
Requisitos
a) Si el representante legal es extranjero, anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el país y que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Población.b) Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, incluir además, copia del documento mediante el cual comprueben, su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.
c) Si la persona física es representada por una tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte para realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Código.
d) Si cambió la denominación o razón social de la empresa, deberá enviar copia simple de la escritura pública protocolizada ante notario público, en la cual conste dicho cambio.
e) Anexar documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.
Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en los Sectores 10, 11, 12, 13, 14 y 15 del apartado B, del Anexo 10, se deberá cumplir con lo siguiente y anexar a la solicitud:
a) Relación que contenga el nombre completo y RFC válido de los socios, accionistas y representantes legales actuales de la empresa, conforme a lo que se tenga asentado en las actas protocolizadas ante fedatario público; en caso de tener socios o accionistas extranjeros, anexar el comprobante del aviso que refiere el artículo 27 del Código, e indicar el número de identificación fiscal correspondiente. La autoridad procederá a verificar que tanto la persona física o moral que promueve, los socios, accionistas y representantes legales cuenten con la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales vigente, prevista en el artículo 32-D del Código.
b) Escrito libre bajo protesta de decir verdad con la información del uso industrial de la mercancía a exportar. Actividad económica y técnica que consiste en trasformar materia prima y convertirla en otros productos, así como los procesos productivos que realiza a la mercancía a exportar.
c) No encontrarse al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, tercer párrafo, del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, del referido artículo 69.
d) Presentar escrito libre firmado bajo protesta de decir verdad en el cual se asiente que la información proporcionada para el trámite en comento es verídica.
Lo establecido en los incisos a) y b) deberá cumplirse anexando un CD o unidad extraíble USB con archivos de texto plano conforme a lo establecido en las Guías de trámites para Padrones que se encuentran publicadas en el Minisitio del Padrón de Importadores y Exportadores, ingresando desde el Portal de trámites y servicios SAT, en la sección “Trámites del RFC”, apartado “Importadores y Exportadores”, opción “Minisitio del Padrón de Importadores y Exportadores”; menú “Exportadores Sectorial”, opción “Inscripción”, sección “Requisitos”.
Dejar sin efectos la suspensión en el padrón de exportadores sectorial de caucho.
Información adicional
• Llena claramente los campos que se indican en dos tantos de esta solicitud. • No invadas los límites de los recuadros. • De preferencia utiliza tinta azul.Fundamento Legal
Ley Aduanera, artículo 59 fracción IV.Reglamento de la Ley Aduanera artículo 87.
Reglas Generales de Comercio Exterior, regla 1.3.7.
Requisitos
a) Si el representante legal es extranjero, anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el país y que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Población.b) Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, incluir además, copia del documento mediante el cual comprueben, su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.
c) Si la persona física es representada por una tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte para realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Código.
d) Si cambió la denominación o razón social de la empresa, deberá enviar copia simple de la escritura pública protocolizada ante notario público, en la cual conste dicho cambio.
e) Anexar documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.
Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en los Sectores 10, 11, 12, 13, 14 y 15 del apartado B, del Anexo 10, se deberá cumplir con lo siguiente y anexar a la solicitud:
a) Relación que contenga el nombre completo y RFC válido de los socios, accionistas y representantes legales actuales de la empresa, conforme a lo que se tenga asentado en las actas protocolizadas ante fedatario público; en caso de tener socios o accionistas extranjeros, anexar el comprobante del aviso que refiere el artículo 27 del Código, e indicar el número de identificación fiscal correspondiente. La autoridad procederá a verificar que tanto la persona física o moral que promueve, los socios, accionistas y representantes legales cuenten con la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales vigente, prevista en el artículo 32-D del Código.
b) Escrito libre bajo protesta de decir verdad con la información del uso industrial de la mercancía a exportar. Actividad económica y técnica que consiste en trasformar materia prima y convertirla en otros productos, así como los procesos productivos que realiza a la mercancía a exportar.
c) No encontrarse al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, tercer párrafo, del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, del referido artículo 69.
d) Presentar escrito libre firmado bajo protesta de decir verdad en el cual se asiente que la información proporcionada para el trámite en comento es verídica.
Lo establecido en los incisos a) y b) deberá cumplirse anexando un CD o unidad extraíble USB con archivos de texto plano conforme a lo establecido en las Guías de trámites para Padrones que se encuentran publicadas en el Minisitio del Padrón de Importadores y Exportadores, ingresando desde el Portal de trámites y servicios SAT, en la sección “Trámites del RFC”, apartado “Importadores y Exportadores”, opción “Minisitio del Padrón de Importadores y Exportadores”; menú “Exportadores Sectorial”, opción “Inscripción”, sección “Requisitos”.
Dejar sin efectos la suspensión en el padrón de exportadores sectorial de madera.
Información adicional
• Llena claramente los campos que se indican en dos tantos de esta solicitud.• No invadas los límites de los recuadros.
• De preferencia utiliza tinta azul.
Fundamento Legal
Ley Aduanera, artículo 59 fracción IV.Reglamento de la Ley Aduanera artículo 87.
Reglas Generales de Comercio Exterior, regla 1.3.7.
Requisitos
a) Si el representante legal es extranjero, anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el país y que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Población.b) Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, incluir además, copia del documento mediante el cual comprueben, su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.
c) Si la persona física es representada por una tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte para realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Código.
d) Si cambió la denominación o razón social de la empresa, deberá enviar copia simple de la escritura pública protocolizada ante notario público, en la cual conste dicho cambio.
e) Anexar documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.
Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en los Sectores 10, 11, 12, 13, 14 y 15 del apartado B, del Anexo 10, se deberá cumplir con lo siguiente y anexar a la solicitud:
a) Relación que contenga el nombre completo y RFC válido de los socios, accionistas y representantes legales actuales de la empresa, conforme a lo que se tenga asentado en las actas protocolizadas ante fedatario público; en caso de tener socios o accionistas extranjeros, anexar el comprobante del aviso que refiere el artículo 27 del Código, e indicar el número de identificación fiscal correspondiente. La autoridad procederá a verificar que tanto la persona física o moral que promueve, los socios, accionistas y representantes legales cuenten con la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales vigente, prevista en el artículo 32-D del Código.
b) Escrito libre bajo protesta de decir verdad con la información del uso industrial de la mercancía a exportar. Actividad económica y técnica que consiste en trasformar materia prima y convertirla en otros productos, así como los procesos productivos que realiza a la mercancía a exportar.
c) No encontrarse al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, tercer párrafo, del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, del referido artículo 69.
d) Presentar escrito libre firmado bajo protesta de decir verdad en el cual se asiente que la información proporcionada para el trámite en comento es verídica.
Lo establecido en los incisos a) y b) deberá cumplirse anexando un CD o unidad extraíble USB con archivos de texto plano conforme a lo establecido en las Guías de trámites para Padrones que se encuentran publicadas en el Minisitio del Padrón de Importadores y Exportadores, ingresando desde el Portal de trámites y servicios SAT, en la sección “Trámites del RFC”, apartado “Importadores y Exportadores”, opción “Minisitio del Padrón de Importadores y Exportadores”; menú “Exportadores Sectorial”, opción “Inscripción”, sección “Requisitos”.
Dejar sin efectos la suspensión en el padrón de exportadores sectorial de vidrio.
Información adicional
• Llena claramente los campos que se indican en dos tantos de esta solicitud.• No invadas los límites de los recuadros.
• De preferencia utiliza tinta azul.
Fundamento Legal
Ley Aduanera, artículo 59 fracción IV.Reglamento de la Ley Aduanera artículo 87.
Reglas Generales de Comercio Exterior, regla 1.3.7.
Requisitos
a) Si el representante legal es extranjero, anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el país y que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Población.b) Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, incluir además, copia del documento mediante el cual comprueben, su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.
c) Si la persona física es representada por una tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte para realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Código.
d) Si cambió la denominación o razón social de la empresa, deberá enviar copia simple de la escritura pública protocolizada ante notario público, en la cual conste dicho cambio.
e) Anexar documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.
Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en los Sectores 10, 11, 12, 13, 14 y 15 del apartado B, del Anexo 10, se deberá cumplir con lo siguiente y anexar a la solicitud:
a) Relación que contenga el nombre completo y RFC válido de los socios, accionistas y representantes legales actuales de la empresa, conforme a lo que se tenga asentado en las actas protocolizadas ante fedatario público; en caso de tener socios o accionistas extranjeros, anexar el comprobante del aviso que refiere el artículo 27 del Código, e indicar el número de identificación fiscal correspondiente. La autoridad procederá a verificar que tanto la persona física o moral que promueve, los socios, accionistas y representantes legales cuenten con la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales vigente, prevista en el artículo 32-D del Código.
b) Escrito libre bajo protesta de decir verdad con la información del uso industrial de la mercancía a exportar. Actividad económica y técnica que consiste en trasformar materia prima y convertirla en otros productos, así como los procesos productivos que realiza a la mercancía a exportar.
c) No encontrarse al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, tercer párrafo, del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, del referido artículo 69.
d) Presentar escrito libre firmado bajo protesta de decir verdad en el cual se asiente que la información proporcionada para el trámite en comento es verídica.
Lo establecido en los incisos a) y b) deberá cumplirse anexando un CD o unidad extraíble USB con archivos de texto plano conforme a lo establecido en las Guías de trámites para Padrones que se encuentran publicadas en el Minisitio del Padrón de Importadores y Exportadores, ingresando desde el Portal de trámites y servicios SAT, en la sección “Trámites del RFC”, apartado “Importadores y Exportadores”, opción “Minisitio del Padrón de Importadores y Exportadores”; menú “Exportadores Sectorial”, opción “Inscripción”, sección “Requisitos”.
Dejar sin efectos la suspensión en el padrón de exportadores sectorial de hierro y acero.
Información adicional
• Llena claramente los campos que se indican en dos tantos de esta solicitud.• No invadas los límites de los recuadros.
• De preferencia utiliza tinta azul.
Fundamento Legal
Ley Aduanera, artículo 59 fracción IV.Reglamento de la Ley Aduanera artículo 87.
Reglas Generales de Comercio Exterior, regla 1.3.7.
Requisitos
a) Si el representante legal es extranjero, anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el país y que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Población.b) Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, incluir además, copia del documento mediante el cual comprueben, su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.
c) Si la persona física es representada por una tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte para realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Código.
d) Si cambió la denominación o razón social de la empresa, deberá enviar copia simple de la escritura pública protocolizada ante notario público, en la cual conste dicho cambio.
e) Anexar documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.
Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en los Sectores 10, 11, 12, 13, 14 y 15 del apartado B, del Anexo 10, se deberá cumplir con lo siguiente y anexar a la solicitud:
a) Relación que contenga el nombre completo y RFC válido de los socios, accionistas y representantes legales actuales de la empresa, conforme a lo que se tenga asentado en las actas protocolizadas ante fedatario público; en caso de tener socios o accionistas extranjeros, anexar el comprobante del aviso que refiere el artículo 27 del Código, e indicar el número de identificación fiscal correspondiente. La autoridad procederá a verificar que tanto la persona física o moral que promueve, los socios, accionistas y representantes legales cuenten con la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales vigente, prevista en el artículo 32-D del Código.
b) Escrito libre bajo protesta de decir verdad con la información del uso industrial de la mercancía a exportar. Actividad económica y técnica que consiste en trasformar materia prima y convertirla en otros productos, así como los procesos productivos que realiza a la mercancía a exportar.
c) No encontrarse al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, tercer párrafo, del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, del referido artículo 69.
d) Presentar escrito libre firmado bajo protesta de decir verdad en el cual se asiente que la información proporcionada para el trámite en comento es verídica.
Lo establecido en los incisos a) y b) deberá cumplirse anexando un CD o unidad extraíble USB con archivos de texto plano conforme a lo establecido en las Guías de trámites para Padrones que se encuentran publicadas en el Minisitio del Padrón de Importadores y Exportadores, ingresando desde el Portal de trámites y servicios SAT, en la sección “Trámites del RFC”, apartado “Importadores y Exportadores”, opción “Minisitio del Padrón de Importadores y Exportadores”; menú “Exportadores Sectorial”, opción “Inscripción”, sección “Requisitos”.
Dejar sin efectos la suspensión en el padrón de exportadores sectorial de aluminio.
Información adicional
• Llena claramente los campos que se indican en dos tantos de esta solicitud.• No invadas los límites de los recuadros.
• De preferencia utiliza tinta azul.
Fundamento Legal
Ley Aduanera, artículo 59 fracción IV.Reglamento de la Ley Aduanera artículo 87.
Reglas Generales de Comercio Exterior, regla 1.3.7.
Requisitos
a) Si el representante legal es extranjero, anexe copia simple del documento que compruebe su legal estancia en el país y que acredite que su calidad migratoria le permite ostentarse con los cargos que se mencionan en el acta constitutiva o poder notarial correspondientes, de conformidad con el artículo 67 de la Ley General de Población.b) Tratándose de personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, incluir además, copia del documento mediante el cual comprueben, su calidad migratoria en el país y que se les autoriza para realizar actividades empresariales.
c) Si la persona física es representada por una tercera persona, adjunte poder notarial o carta poder en la que se faculte para realizar este trámite, conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Código.
d) Si cambió la denominación o razón social de la empresa, deberá enviar copia simple de la escritura pública protocolizada ante notario público, en la cual conste dicho cambio.
e) Anexar documentos con los que compruebe que corrigió la inconsistencia por la que fue suspendido.
Tratándose de las fracciones arancelarias listadas en los Sectores 10, 11, 12, 13, 14 y 15 del apartado B, del Anexo 10, se deberá cumplir con lo siguiente y anexar a la solicitud:
a) Relación que contenga el nombre completo y RFC válido de los socios, accionistas y representantes legales actuales de la empresa, conforme a lo que se tenga asentado en las actas protocolizadas ante fedatario público; en caso de tener socios o accionistas extranjeros, anexar el comprobante del aviso que refiere el artículo 27 del Código, e indicar el número de identificación fiscal correspondiente. La autoridad procederá a verificar que tanto la persona física o moral que promueve, los socios, accionistas y representantes legales cuenten con la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones fiscales vigente, prevista en el artículo 32-D del Código.
b) Escrito libre bajo protesta de decir verdad con la información del uso industrial de la mercancía a exportar. Actividad económica y técnica que consiste en trasformar materia prima y convertirla en otros productos, así como los procesos productivos que realiza a la mercancía a exportar.
c) No encontrarse al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, tercer párrafo, del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, del referido artículo 69.
d) Presentar escrito libre firmado bajo protesta de decir verdad en el cual se asiente que la información proporcionada para el trámite en comento es verídica.
Lo establecido en los incisos a) y b) deberá cumplirse anexando un CD o unidad extraíble USB con archivos de texto plano conforme a lo establecido en las Guías de trámites para Padrones que se encuentran publicadas en el Minisitio del Padrón de Importadores y Exportadores, ingresando desde el Portal de trámites y servicios SAT, en la sección “Trámites del RFC”, apartado “Importadores y Exportadores”, opción “Minisitio del Padrón de Importadores y Exportadores”; menú “Exportadores Sectorial”, opción “Inscripción”, sección “Requisitos”.