Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas que opten por aplicar el estímulo fiscal para la región fronteriza norte, en materia de ISR.

¿Cuándo se presenta?

  • A más tardar el 31 de marzo del ejercicio fiscal de que se trate.
  • Dentro del mes siguiente a la fecha de inscripción en el RFC o de la presentación del aviso de apertura de sucursal, agencia o establecimiento en la región fronteriza norte.
  • En el caso de renovación, a más tardar el 31 de marzo del ejercicio fiscal de que se trate.

Fundamento Legal

  • Código Fiscal de la Federación, artículo 17-D.
  • Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, Artículo Séptimo y Octavo.
  • Resolución Miscelánea Fiscal vigente, Reglas 11.9.1.,11.9.8., 11.9.9, 11.9.10.,11.9.14. y 11.9.15.
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  1. Oprime el botón INICIAR de este trámite.
  2. Registra los datos de tu e.firma o Contraseña.
  3. Ingresa la opción "Solicitudes", "Nueva".
  4. Indica la Región Fronteriza donde deseas aplicar el Estímulo Fiscal y selecciona tu trámite:
  5. • Inscripción al padrón de beneficiarios 
  6. • Renovación del estímulo para Región Fronteriza  
  7. Imprime y valida la vista previa de tu acuse.
  8. Ingresa los datos de tu e.firma.
  9. Envía tu solicitud.
  10. Recibe tu acuse de recepción.

Información adicional

Documentos que obtienes

Requisitos

  1. Contar con Contraseña y e.firma.
  2. No estar incluidos en el listado publicado por el SAT, en términos del penúltimo párrafo del artículo 69 del CFF, excepto cuando la publicación sea consecuencia de la condonación de multas.
  3. No ubicarse en la presunción establecida en el artículo 69-B del CFF.
  4. No estar incluido en los listados a que se refiere el octavo párrafo del artículo 69-B Bis del CFF.
  5. No encontrarse en el procedimiento de restricción temporal a que se refiere el artículo 17-H Bis del CFF
  6. No tener cancelados los certificados de sello digital en términos del artículo 17-H del CFF.
  7. Contar con opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales.
  8. Contar con buzón tributario activo.
  9. El aviso deberá de incluir las siguientes manifestaciones:
  10. Para los contribuyentes que inicien actividades y establezcan su domicilio fiscal, sucursal, agencia o establecimiento en la región fronteriza norte, deberán manifestar bajo protesta de decir verdad que sus ingresos en las citadas regiones, representarán conforme a su estimación, al menos el 90% del total de sus ingresos del ejercicio, sin incluir los ingresos que deriven de bienes intangibles, así como los correspondientes al comercio digital, así como que cuenta con la capacidad económica, activos e instalaciones para llevar a cabo la realización de sus operaciones y actividades en dichas regiones y que, para ello, utilizan bienes nuevos de activo fijo.
  11. Manifestación bajo protesta de decir verdad, de cumplir con todos los requisitos para aplicar el estímulo fiscal en materia del ISR para la región fronteriza norte.
  12. Manifestación, bajo protesta de decir verdad, que no han realizado operaciones con contribuyentes que hayan sido publicados en los listados a que se refiere el artículo 69-B, cuarto párrafo del CFF o, en su caso, corrijan totalmente su situación fiscal.
  13. Manifestación, bajo protesta de decir verdad, que no han interpuesto algún medio de defensa en contra de la resolución a través de la cual se concluyó que no se acreditó la materialidad de las operaciones y/o en contra de la determinación de créditos fiscales del ISR e IVA que deriven de la aplicación de los Decretos o de haberlo interpuesto, que se desistió del mismo.
  14. Manifestación, bajo protesta de decir verdad, de que los socios o accionistas registrados ante el SAT no se encuentren en la presunción del artículo 69-B, primer párrafo del CFF.
  15. Manifestación, bajo protesta de decir verdad, de que a la fecha de presentación de la solicitud no ha sido publicado en los listados a que se refiere el octavo párrafo del artículo 69-B Bis del CFF.
  16. Manifestación, bajo protesta de decir verdad, en donde de manera expresa señale que en el ejercicio inmediato anterior cuando menos el 90% del total de sus ingresos se obtuvieron en la región fronteriza norte, derivado de la realización de actividades en dicha zona, sin incluir los ingresos que deriven de bienes intangibles, así como los correspondientes al comercio digital.
  17. Manifestación bajo protesta de decir verdad que en los cinco ejercicios fiscales anteriores a la fecha de aplicación del estímulo no se le han ejercido facultades de comprobación y en caso de que la autoridad si hubiese ejercido sus facultades y se hayan determinado contribuciones omitidas, que corregiste tu situación fiscal.
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