Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles en México quienes se ubiquen en los supuestos del artículo 79, fracciones VI, X, XI, XII, XIX y XX de la Ley del ISR.
 

Costo

Gratuito

¿Cuándo se presenta?

Podrás presentarlo en el momento que lo requieras y cumplas con todos los requisitos legales necesarios.
 

Fundamento Legal

  • Código Fiscal de la Federación, artículos 17-D, 18, 18-A, 19 y 69-B.
  • Ley del Impuesto Sobre la Renta, artículos 27, 79, 80, 81, 82, 83, 84 y 151.
  • Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 36, 131 y 134.
  • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 3.10.2., 3.10.5 y 3.10.7, ficha 21/ISR del Anexo 1-A.
 
Iniciar
En línea
  1. Ingresa con el RFC de la organización civil o fideicomiso y Contraseña.
  2. Da clic  en el botón Enviar.
  3. Selecciona la opción Otros Trámites y Servicios.
  4. Identifica la opción Donatarias.
  5. Da clic  en la opción Solicita autorización para recibir donativos deducibles en el extranjero.
  6. Requisita la solicitud y adjunta la información.
  7. Señala en el apartado de comentarios el tipo de solicitud que presentas.
  8. Firma y envía la solicitud correspondiente.
  9. Obtén acuse de presentación de la solicitud.
  10. Guarda el acuse en tu equipo de cómputo.

Información adicional

Documentos que obtienes

Requisitos

  1. Formato electrónico debidamente llenado en el que se solicita la autorización.
  2. Firmar la solicitud con la e.firma de la institución de asistencia o de beneficencia, asociación, sociedad civil o fideicomiso que solicite la autorización.
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