Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Los emisores autorizados para emitir monederos electrónicos de vales de despensa.
 

Costo

Trámite gratuito.

¿Cuándo se presenta?

Dentro de los 10 días hábiles siguientes a aquel en que surta efectos la notificación del oficio del inicio del procedimiento de revocación y, en su caso, dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquel en que surta efectos la notificación del oficio de resultado de la valoración efectuada a los documentos, registros e información presentados.

Fundamento Legal

  • Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 27 fracción XI.
  • Resolución Miscelánea Fiscal vigente, regla 3.3.1.37.
  • Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, ficha de trámite 151/ISR.
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Información adicional

Documentos que obtienes

Requisitos

  1. Escrito libre en el que manifiestes lo que a tu derecho convenga.
  2. Adjunta la documentación, registros e información con los que se pretenda desvirtuar la o las causales de revocación que dieron origen al inicio del procedimiento de revocación de la autorización para operar como emisor autorizado de monederos electrónicos de vales de despensa.
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