Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Personas físicas y morales.

¿Cuándo se presenta?

Trimestral: Dentro de los 60 días siguientes a aquel en el que concluya el trimestre de que se trate.

Periodicidad

Trimestral

Obligación a cumplir

Informar sobre las operaciones relevantes que tuviste durante el periodo a declarar.

Objetivo

Informar al SAT sobre las operaciones relevantes.

Fundamento Legal

Obligación de presentar tu declaración.
 
  • Código Fiscal de la Federación vigente: Artículos 31, 31-A, primer párrafo, incisos a), b), c), d) y e) y segundo párrafo y 32.
 
 
Medio de presentación.
 
  • Resolución Miscelánea Fiscal vigente: Reglas 2.8.1.12. y 2.8.3.5. y Anexo 1-A Trámite 230/CFF.
 
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En línea
  1. Selecciona el botón iniciar.
  2. Ingresa a la aplicación con tu RFC y contraseña.
  3. Llena los datos que te solicitan dentro del formulario.
  4. Envía la declaración.

Información adicional

Para cumplir con la obligación a que se refiere el artículo 31-A, párrafo primero, incisos a), b), c), d) y e) y párrafo segundo del CFF, los contribuyentes podrán presentar la forma oficial 76 “Información de Operaciones Relevantes", manifestando las operaciones que se hubieran celebrado en el trimestre de que se trate, conforme a lo siguiente:
 
Declaración del mes:
Fecha límite en que se deberá presentar:
Enero, febrero y marzo
 
Último día del mes de mayo del ejercicio que corresponda.
Abril, mayo y junio
 
Último día del mes de agosto del ejercicio que corresponda.
Julio, agosto y septiembre
 
Último día del mes de noviembre del ejercicio que corresponda.
Octubre, noviembre y diciembre
 
Último día del mes de febrero del siguiente ejercicio al que corresponda.
 
Para tales efectos, se deberá utilizar el aplicativo contenido en el Portal del SAT.
 
No se deberá presentar la forma oficial 76, cuando el contribuyente no hubiere realizado en el periodo de que se trate las operaciones que en la misma se describen.
 
Los contribuyentes distintos de aquéllos que componen el sistema financiero en términos de lo establecido en el artículo 7, tercer párrafo de la Ley del ISR; quedarán relevados de declarar las operaciones cuyo monto acumulado en el ejercicio de que trate sea inferior a $60´000,000.00 (Sesenta millones de pesos 00/100 M.N.).

Las operaciones relevantes contempladas dentro de la forma oficial 76 son:

Anexo I: Operaciones financieras establecidas en los artículos 20 y 21 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente.
Anexo II: Operaciones con partes relacionadas.
Anexo III: Participación en el capital y residencia fiscal.
Anexo IV: Reorganización y reestructuras.
Anexo V: Otras operaciones relevantes.
 

Requisitos

  1. Contar con contraseña y e.firma.

Información adicional

Para cumplir con la obligación a que se refiere el artículo 31-A, párrafo primero, incisos a), b), c), d) y e) y párrafo segundo del CFF, los contribuyentes podrán presentar la forma oficial 76 “Información de Operaciones Relevantes", manifestando las operaciones que se hubieran celebrado en el trimestre de que se trate, conforme a lo siguiente:
 
Declaración del mes:
Fecha límite en que se deberá presentar:
Enero, febrero y marzo
 
Último día del mes de mayo del ejercicio que corresponda.
Abril, mayo y junio
 
Último día del mes de agosto del ejercicio que corresponda.
Julio, agosto y septiembre
 
Último día del mes de noviembre del ejercicio que corresponda.
Octubre, noviembre y diciembre
 
Último día del mes de febrero del siguiente ejercicio al que corresponda.
 
Para tales efectos, se deberá utilizar el aplicativo contenido en el Portal del SAT.
 
No se deberá presentar la forma oficial 76, cuando el contribuyente no hubiere realizado en el periodo de que se trate las operaciones que en la misma se describen.
 
Los contribuyentes distintos de aquéllos que componen el sistema financiero en términos de lo establecido en el artículo 7, tercer párrafo de la Ley del ISR; quedarán relevados de declarar las operaciones cuyo monto acumulado en el ejercicio de que trate sea inferior a $60´000,000.00 (Sesenta millones de pesos 00/100 M.N.).

Las operaciones relevantes contempladas dentro de la forma oficial 76 son:

Anexo I: Operaciones financieras establecidas en los artículos 20 y 21 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente.
Anexo II: Operaciones con partes relacionadas.
Anexo III: Participación en el capital y residencia fiscal.
Anexo IV: Reorganización y reestructuras.
Anexo V: Otras operaciones relevantes.
 

Información adicional

Para cumplir con la obligación a que se refiere el artículo 31-A, párrafo primero, incisos a), b), c), d) y e) y párrafo segundo del CFF, los contribuyentes podrán presentar la forma oficial 76 “Información de Operaciones Relevantes", manifestando las operaciones que se hubieran celebrado en el trimestre de que se trate, conforme a lo siguiente:
 
Declaración del mes:
Fecha límite en que se deberá presentar:
Enero, febrero y marzo
 
Último día del mes de mayo del ejercicio que corresponda.
Abril, mayo y junio
 
Último día del mes de agosto del ejercicio que corresponda.
Julio, agosto y septiembre
 
Último día del mes de noviembre del ejercicio que corresponda.
Octubre, noviembre y diciembre
 
Último día del mes de febrero del siguiente ejercicio al que corresponda.
 
Para tales efectos, se deberá utilizar el aplicativo contenido en el Portal del SAT.
 
No se deberá presentar la forma oficial 76, cuando el contribuyente no hubiere realizado en el periodo de que se trate las operaciones que en la misma se describen.
 
Los contribuyentes distintos de aquéllos que componen el sistema financiero en términos de lo establecido en el artículo 7, tercer párrafo de la Ley del ISR; quedarán relevados de declarar las operaciones cuyo monto acumulado en el ejercicio de que trate sea inferior a $60´000,000.00 (Sesenta millones de pesos 00/100 M.N.).

Las operaciones relevantes contempladas dentro de la forma oficial 76 son:

Anexo I: Operaciones financieras establecidas en los artículos 20 y 21 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente.
Anexo II: Operaciones con partes relacionadas.
Anexo III: Participación en el capital y residencia fiscal.
Anexo IV: Reorganización y reestructuras.
Anexo V: Otras operaciones relevantes.
 

Documentos que obtienes

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