Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Personas morales.

¿Cuándo se presenta?

A partir del 1° de enero al 1° de abril del año siguiente que declaras.
 
 

Periodicidad

Anual

Obligación a cumplir

Régimen Simplificado de Confianza personas morales.
 

Objetivo

Que los contribuyentes puedan presentar su declaración anual por los ejercicios 2023 y anteriores, por lo que respecta del Régimen Simplificado de Confianza, la cual tiene información prellenada de lo siguiente:
 
De sus pagos provisionales:
 
Ingresos.
Deducciones autorizadas.
Retenciones.
Pagos efectuados.
Comprobantes de nómina de sueldos, salarios y asimilados:
- Importe de la nómina.
- Entero de las retenciones.
- Subsidio para el empleo.
- Importes pendientes de disminuir y acreditamientos por aplicar de ejercicios anteriores.

Fundamento Legal

Obligación de presentar tu declaración
 
  • Código Fiscal de la Federación vigente: Artículos 31 y 32.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación vigente: Artículo 41.
  • Ley del Impuesto sobre la Renta vigente: Artículos 212 y 76, fracción V.
  
Cálculo del impuesto
 
  • Ley del Impuesto sobre la Renta vigente: Artículos 212 y Artículo segundo transitorio, fracciones I, II, III, IV, V y VI.
 
Medio de presentación
 
  • Resolución Miscelánea Fiscal vigente: Reglas 2.8.3.1. y 2.8.3.3.
 
Medios de pago
 
  • Código Fiscal de la Federación vigente: Artículo 20, séptimo párrafo.
 
 
Iniciar
En línea
  1. Selecciona el botón Iniciar.
  2. Ingresa a la aplicación con tu RFC y Contraseña o e.firma.
  3. Llena los datos que te solicita la declaración.
  4. Envía la declaración.
  5. Obtén el acuse de recibo de la declaración y, en su caso, línea de captura.

Información adicional

  • Información sobre situación fiscal ISSIF (32H-CFF).
  • Estados financieros.
 

Requisitos

  1. Para ingresar a la declaración debes contar con tu RFC y Contraseña o e.firma.
  2. Contar con la información de los montos de ingresos, deducciones, impuestos retenidos, pagos provisionales, entre otros.
  3. Para pagar por transferencia electrónica a través del banco, es necesario tener una cuenta con servicio de banca electrónica.

Información adicional

  • Información sobre situación fiscal ISSIF (32H-CFF).
  • Estados financieros.
 

Información adicional

  • Información sobre situación fiscal ISSIF (32H-CFF).
  • Estados financieros.
 

Documentos que obtienes

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