Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

Residentes en México o en el extranjero con establecimiento permanente en el país que proporcionen:
 
  • Servicios digitales de intermediación (plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares).
 

¿Cuándo se presenta?

A más tardar el día 10 del mes siguiente al que corresponda la información.

Periodicidad

Mensual

Obligación a cumplir

Proporcionar al SAT la información de tus clientes enajenantes de bienes, prestadores de servicios u otorgantes del uso o goce temporal de bienes, cuando:
 
  • La plataforma tecnológica actúe como intermediario, efectúe el cobro de la contraprestación y por tanto, retenga el IVA y el ISR.
  • La plataforma tecnológica sólo actúe como intermediario, pero no efectúe el cobro de la contraprestación ni retenga impuestos.
 

Objetivo

Cumplir con tus obligaciones fiscales a través del portal del SAT de una forma fácil y sencilla, mediante la presentación de la "Declaración informativa por el uso de plataformas tecnológicas".

Fundamento Legal

Obligación de presentar tu declaración.
 
• Código Fiscal de la Federación vigente: Artículos 31 y 32.
• Ley del Impuesto sobre la Renta vigente: Artículo 113-C, fracción III.
• Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente: Artículos 1-A BIS, primer párrafo y 18-J,fracción III.
 
 
Medio de presentación.
 
• Resolución Miscelánea Fiscal vigente: Regla 12.2.7.
 
Iniciar
En línea
  1. Selecciona el botón iniciar.
  2. Ingresa a la aplicación con tu RFC y contraseña o e.firma.
  3. Llena los datos que te solicita la declaración.
  4. Envía la declaración.
  5. Obtén el acuse de recibo de la declaración.

Requisitos

  1. Para ingresar a la declaración deberás contar con tu RFC, contraseña o e.firma.
  2. El envío de la declaración se deberá realizar con la e.firma.

Documentos que obtienes

x OrientaSAT