Trámites y servicios Para personas físicas

¿Quiénes lo presentan?

La sociedad integradora.

Costo

Trámite gratuito.

¿Cuándo se presenta?

1. A mas tardar dentro del último mes del ejercicio inmediato anterior a aquel en el que decidas dejar de ejercer el Régimen Opcional para Grupos de Sociedades.
2. Dentro de los quince días siguientes a la fecha en que la integradora ya no pueda ser considerada como tal o deje de cumplir con requisitos para serlo.

Fundamento Legal

  • Ley del Impuesto Sobre la Renta, artículos 59, párrafos segundo y tercero y 69.
  • Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 1.6., 3.6.4. y 3.6.5.
  • Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal, fichas 14/ISR y 123/ISR.
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En línea
Presencial
  1. Ingresa a tú buzón tributario o a tú Portal del SAT.
  2. Adjunta en forma digitalizada la forma oficial 92, debidamente requisitada.
  3. Imprime tú acuse de presentación.

Información adicional

Documentos que obtienes

Requisitos

  1. Archivo digitalizado con Forma Oficial 92 “AVISO PARA DEJAR DE TRIBUTAR EN EL RÉGIMEN OPCIONAL PARA GRUPOS DE SOCIEDADES”.
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¿Dónde se presenta?

Requisitos

x OrientaSAT