Solicita la condonación de tus multas
Te sirve para obtener la condonación del 20% y hasta el 100% de las multas que te fueron impuestas por la autoridad fiscal, siempre y cuando cumplas con los requisitos establecidos para cada caso.
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¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que tengan a su cargo multas fiscales.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
A partir del día siguiente a aquel en que tengas conocimiento de los importes de las multas, si te están practicando una auditoria, o bien, a partir del día siguiente a aquel en el que te sea notificada la resolución que contenga las multas fiscales.
Fundamento Legal
- Código Fiscal de la Federación, artículo 74.
- Resolución Miscelánea Fiscal, reglas de la 2.17.5 a la 2.17.16
- Entrega la solicitud a la autoridad fiscal.
- Conserva el acuse de recepción.
- Espera respuesta del SAT.
- En caso de que la respuesta a tú solicitud sea positiva, recibirás los Formatos de Contribuciones Federales para que realices tus pagos.
Información adicional
- Considera que el escrito libre debe contener:
- Tu nombre y la denominación o razón social de tu empresa, si el contribuyente es persona moral.
- El domicilio fiscal que tienes manifestado al Registro Federal de Contribuyentes.
- El domicilio para oír y recibir notificaciones, si es el caso.
- La clave del Registro Federal de Contribuyentes.
- La autoridad a la que se dirige.
- El propósito de la promoción.
- Tu dirección de correo electrónico.
- Estar firmado.
- Señala todos los hechos y circunstancias relacionados con el motivo de la promoción, así como los importes y conceptos debidamente desglosados y actualizados.
- Si los adeudos ya están determinados o si te están realizando una auditoria, junto con el nombre de la autoridad que te la está realizando.
- La protesta de decir verdad que:
- No estas o no has estado sujeto a una causa penal en la que se haya dictado sentencia condenatoria por delitos de carácter fiscal y ésta se encuentre firme, o en su caso, ni el representante legal, administrador único, o socios, si se trata de una persona moral.
- Su nombre, denominación o razón social y clave en el RFC no ha sido publicado en términos del artículo 69-B del CFF, o que de haber sido publicado acreditó la improcedencia de ésta.
- Acompañar copia del acuse del desistimiento de algún medio de defensa, de ser el caso, presentado ante la autoridad Administrativa o Jurisdiccional, competente.
- Cualquier otro documento que la autoridad estime necesario para estar en posibilidad de autorizar la condonación de multas.
- Considerar lo establecido en la Regla de Miscelánea Fiscal a la cual te estés apegando, según corresponda.
- Puntos a considerar
Para efecto de que la resolución de condonación surta efectos, es necesario que cumplas con las condiciones establecidas para cada caso, como:
- Pagar en una sola exhibición y dentro del plazo concedido, el adeudo restante que no haya sido condonado.
- Si solicitaste al mismo tiempo, el pago a plazos, debes cumplir puntualmente con el pago de las parcialidades autorizadas.
- El trámite es más ágil si concertas una cita.
- Toma en consideración que los días hábiles no incluyen los sábados, domingos y días festivos obligatorios.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo.
- Formatos para el pago de contribuciones federales.
¿Dónde se presenta?
En las oficinas del SAT más cercana a tu domicilio.
Compromiso de servicio
Dentro de los 15 días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha en que cumplas con todos los requisitos del trámite.
Requisitos
- Escrito libre, que debe contener los elementos indicados en los puntos 1 y 2 de la sección de Información adicional.