Aviso de "safe harbor" para empresas maquiladoras
Te permite cumplir con tus obligaciones en materia de ISR para determinar que tus operaciones con partes relacionadas se encuentren a valor de mercado y te otorga la exención para que el residente en el extranjero con el que se lleva a cabo la operación de maquila no sea considerado establecimiento permanente.
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¿Quiénes lo presentan?
Personas morales de la industria Maquiladora que tienen operaciones con partes relacionadas y que optan por dar cumplimiento a sus obligaciones fiscales mediante la opción contemplada en las fracciones I y II del artículo 182 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Costo
Ninguno
¿Cuándo se presenta?
En el caso de la DIEMSE, ésta se presenta a más tardar en el mes de junio del año que se trate. En caso de presentarse mediante escrito libre, a más tardar dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que termine el ejercicio fiscal.
Fundamento Legal
- Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 182 fracciones I y II.
- Resolución Miscelánea Fiscal vigente, reglas 2.8.9.2 y 2.8.9.3
- Cuenta con tu e.firma vigente
- ingresa a el portal de trámites y servicios de la página del SAT
- En la sección de "empresas del régimen general de ley"
- Selecciona la sección de "declaraciones informativas", y da click en la DIEMSE
Información adicional
- El aviso se presenta mediante la DIEMSE, a través del aplicativo disponible en el portal de trámites y servicios de la página del SAT. En caso de presentar el trámite mediante escrito libre, debes manifestar en el mismo el resultado de aplicar (lo que resulte mayor) lo dispuesto en las fracciones I y II del artículo 182 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo.
Requisitos
- A través del aplicativo de la DIEMSE, disponible en el portal de trámites y servicios de la página del SAT
- Acude con la documentación del trámite a Oficialía de Partes de la Administración General de Grandes Contribuyentes en atención de la Administración Central de Fiscalización de Precios de Transferencia.
- Entrega la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
- Recibe y conserva el acuse de recibo sellado.
Información adicional
- El aviso se presenta mediante la DIEMSE, a través del aplicativo disponible en el portal de trámites y servicios de la página del SAT. En caso de presentar el trámite mediante escrito libre, debes manifestar en el mismo el resultado de aplicar (lo que resulte mayor) lo dispuesto en las fracciones I y II del artículo 182 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo.
¿Dónde se presenta?
En Oficialía de Partes de la Administración General de Grandes Contribuyentes en atención a la Administración Central de Fiscalización de Precios de Transferencia, ubicada en la Avenida Hidalgo número 77, módulo 3 planta baja, colonia Guerrero, delegación Cuauhtémoc, código postal 06300, Ciudad de México.
Compromiso de servicio
Duración máxima: 30 minutos por trámite.
Horario: de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 horas.
Horario: de lunes a viernes de 8:00 a 14:30 horas.
Requisitos
- Escrito libre (por duplicado).
- Original (para cotejo) y copia simple de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el gobierno federal, estatal o municipal del representante legal.
- Copia certificada (para cotejo) y copia simple del poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal.