Consulta el seguimiento de tus avisos de donación y destrucción de mercancía que perdió su valor
Te sirve para dar seguimiento diario al aviso de donación o destrucción de mercancía, desde el momento de su presentación y hasta que la mercancía sea entregada o se destruya.
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¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que deban dar seguimiento al trámite de los Avisos que presentaron de la mercancía que se ofrece en donación.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
Diario, desde que se presenta el aviso y hasta que la mercancía se entregue o se destruya.
Fundamento Legal
- Ley de Ingresos de la Federación, artículo 16.
- Código Fiscal de la Federación, artículo 32-F.
- Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 27.
- Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 108, 109, 124, 125 y 193.
- Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, ficha de trámite 40/ISR.
- Ingresa a la aplicación con tu e.firma.
- Selecciona el seguimiento para el Tipo de Registro.
- Busca conforme a los Criterios de Consulta, el (los) folio (s) generado (s) en el Registro.
- Guarda y genera el acuse de recibo.
Información adicional
- La mercancía con el estatus “Destrucción directa sin donación” no requiere actualización o seguimiento por parte del contribuyente, ya que desde que se da de alta el aviso, éste se da por cerrado.
- Consulta el Manual de Usuario o la Guía rápida del Sistema de avisos de destrucción y donación de mercancías que se encuentra disponible en el propio Sistema.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo.
Modalidades
Procedimiento Seguimiento Contribuyente tipo de registro "Convenio".
Información adicional
Una vez generado el acuse para el Tipo de Registro Convenio, el estatus de las mercancías registradrás corresponderá a "Estatus del convenio".Fundamento Legal
• Ley de Ingresos de la Federación, artículo 16.• Código Fiscal de la Federación, artículo 32-F.
• Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 27 y 31.
• Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 108, 109, 125 y 193.
• Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, ficha de trámite 40/ISR.
Requisitos
• Ingresa al menú Contribuyente con tu e.firma y posteriormente selecciona la ocpción "Seguimiento".• Proporciona los criterios solicitados de la consulta.
•Obtenido el resultado, realiza lo siguiente:
•Selecciona el campo "Registrar Mercancía/Estatus".
•El sistema desplegará una pantalla en la que debes seleccionar: a) Convenio Comprobante Fiscal Digital (en caso de haber donado la mercancía) o b) Destrucción mercancía no recogida; registra la mercancía, el monto total de la operación y señala si aplicas el estímulo fiscal del 5%.
•Selecciona el botón "Guardar" e ingresa tu e.firma para que se genere tu acuse.
Procedimiento Seguimiento Contribuyente tipo de registro "Mercancía que se ofrece en donación".
Información adicional
El contribuyente debe supervisar el sistema para actualizar el estado de cada uno de sus folios.Fundamento Legal
• Ley de Ingresos de la Federación, artículo 16.• Código Fiscal de la Federación, artículo 32-F.
• Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 27 y 31.
• Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, artículos 108, 109, 125 y 193.
• Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, ficha de trámite 40/ISR.
Requisitos
Este tipo de registro puede tener los siguientes estatus:1. Solicitada: En este caso señala la fecha y hora en la que se entregará la mercancía; da clic en el botón "Aplicar" y "Guardar" y el estatus de la mercancía cambiará a "En proceso de entrega".
2. En proceso de entrega: Señala la hora y la fecha en que la mercancía fue entregada, o en su caso, si fue destruida al no ser recogida. Posteriormente da clic en el botón "Aplicar" y "Guardar".
3. Disponible. El sistema desplegará una pantalla con los datos de la mercancía, selecciona la opción "Aplicar" y después "Aceptar".