Presenta el reporte trimestral de pago de intereses por la colocación de títulos de crédito en el extranjero
Te permite cumplir con la obligación de informar al SAT el pago de intereses a residentes en el extranjero con la finalidad de obtener la tasa preferencial de retención del ISR del 4.9%
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¿Quiénes lo presentan?
Personas morales residentes en el país que paguen intereses a residentes en el extranjero provenientes de títulos de crédito colocados en un país con el que México tenga celebrado convenio para evitar la doble tributación.
Costo
Trámite gratuito
¿Cuándo se presenta?
Trimestralmente, dentro de los 15 primeros días de abril, julio, octubre y enero del año siguiente
Fundamento Legal
- Ley del Impuesto Sobre la Renta, artículo 166 y 171
- Código Fiscal de la Federación, artículo 18.
- Resolución Miscelánea Fiscal, regla 3.18.20.
- Trámite 66/ISR, del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal.
- Ingresa con tu RFC y contraseña.
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- Selecciona Servicios o Solicitudes.
- Selecciona Solicitud
- Identifica tu trámite
- Llena el formulario con los datos que se te solicitan
- Adjunta los archivos
- Envía la información
- Obtén acuse de recibo
Información adicional
Los residentes en el país que realicen pagos por concepto de intereses a residentes en el extranjero provenientes de títulos de crédito colocados en un país con el que México tenga celebrado un tratado para evitar la doble tributación, a través de bancos o casas de bolsa, podrán retener el impuesto correspondiente a la tasa del 4.9%, sobre la totalidad de los intereses de dichas operaciones de financiamiento.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo
Requisitos
- Archivo electrónico con reporte trimestral.
- Tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México, deberán acompañar documento notarial con el que haya sido designado el representante legal para efectos fiscales.