Tramita la autorización para la donación de mercancías al Fisco Federal que se encuentren en el extranjero
Te permite tramitar la entrada de mercancía libre de impuestos al comercio exterior para donarlas a favor del Fisco Federal, para ser destinadas a entidades de gobierno o donatarias autorizadas para la atención de requerimientos básicos de subsistencia.
< Volver
¿Quiénes lo presentan?
La federación, entidades federativas, municipios, demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, incluso sus órganos desconcentrados u organismos descentralizados y organismos internacionales o demás personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la citada Ley del ISR. Para tal efecto, personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del ISR
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
En el momento que lo requieras.
Fundamento Legal
- Artículo 61, fracción XVII de la LA.
- Regla 3.3.12 de las Reglas Generales de Comercio Exterior.
- Ficha de trámite 129/LA del Anexo 1-A
- Ingresa en VUCEM con tu e firma
- Captura todos los datos que son requeridos
- Adjunta todos los requisitos de conformidad con la regla 3.3.12 de las RGCE y la ficha de trámite 129/LA
- e.firma tu solicitud con tu e firma
- Obtén tu acuse de recibido
Información adicional
Toma en consideración lo siguiente:
1. Sólo se acepta en donación, mercancía que tiene como fin atender requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido y salud, así como para la atención de requerimientos de vivienda, educación y protección civil de las personas, sectores o regiones de escasos recursos.
2. No puede autorizarse la solicitud de donación de mercancía cuando:
- El donatario no esté al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales.
- Las mercancías se encuentren en territorio nacional.
- Las mercancías se encuentren sujetas a cuotas compensatorias.
- Esté prohibida su importación.
- El donante no sea residente en el extranjero.
- El objeto social de la persona moral con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta no sea congruente con el requerimiento básico por el cual se realiza la donación.
- La autorización para recibir donativos deducibles en términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta no esté vigente.
3. Los autorizados, pueden dar las mercancías recibidas en donación a un tercero, siempre y cuando se trate de la federación, entidades federativas, municipios, demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, incluso sus órganos desconcentrados u organismos descentralizados y organismos internacionales o demás personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la citada Ley del ISR. Para tal efecto, personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del ISR, deben contar con autorización para aplicar los donativos que reciben apoyo económico de otras donatarias autorizadas de conformidad con el artículo 82, sexto párrafo de la misma Ley del ISR.
Adicionalmente, debes considerar que si realizas tu solicitud de conformidad con la regla 3.3.12 y la ficha de trámite 129/LA debes presentar:
1. Capturar tu solicitud en la Ventanilla Digital
2. Adjuntar carta de donación dirigida a la ACNCEA, signada por el donante en el extranjero con una antigüedad no mayor a 1 mes, en la que debe manifestar:
- El nombre, denominación o razón social del donante residente en el extranjero, así como su domicilio.
- La voluntad expresa del donante de realizar la donación de mercancías que se encuentren en el extranjero al Fisco Federal, señalando el donatario final, donde especifiques la cantidad, unidad de medida de tarifa y descripción de la mercancía, así como los elementos que ilustren y describan de manera detallada la mercancía.
- Ser legítimo propietario de la mercancía.
- Que las mercancías objeto de la donación se encuentren en buenas condiciones de uso.
3. En su caso, adjuntar documento que acredite la personalidad de la representación legal de la persona moral residente en el extranjero, así como el documento en el que se observe la constitución de la misma.
4. El donante debe acreditar su residencia en el extranjero presentando alguno de los siguientes documentos:
a) Pasaporte oficial emitido en el país de residencia, vigente.
b) Documento de identidad, cédula de Identidad, cédula de ciudadanía, documento oficial
de identidad o similar, valido en el país de residencia, vigente.
5. Cuando el donatario entregue las mercancías a un tercero y éste se trate de personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del ISR, debe adjuntar la autorización correspondiente, de conformidad con lo señalado en el artículo 82, penúltimo párrafo de la LISR.
6. En su caso, señalar el nombre de tercero(s) al que el donatario entregue las mercancías recibidas en donación, y de ser posible la cantidad de mercancías que le(s) será entregada de acuerdo con la lista del Anexo 1 del formato “Autorización para la importación de mercancías donadas al Fisco Federal conforme al artículo 61 fracción XVII de la Ley Aduanera y su Anexo 1”, y se debe adjuntar lo siguiente:
1 Carta de aceptación donde especifique los datos de la institución receptora y manifieste la aceptación por parte de su representante legal, de las mercancías que recibirá.
2 Documento con el que acredite la personalidad jurídica del representante legal del tercero.
7. Cuando las mercancías requieran alguna regulación o restricción no arancelaria por parte de COFEPRIS debe cumplir con lo siguiente:
- Licencia sanitaria o aviso de funcionamiento del hospital o clínica al que va a ser dirigida las mercancías de acuerdo al servicio que proporciona.
- Aviso de responsable sanitario.
- Copia de la cédula profesional del médico responsable de cada establecimiento.
Adicional a lo anterior, cuando se trate de medicamentos o equipo e insumos médicos deben adjuntar lo siguiente:
-Medicamentos: certificado de calidad, declaración bajo protesta de decir verdad que los mismos se encuentran en buen estado y manifestar:
- Fecha de caducidad, ingrediente activo, tipo de medicamento, forma de presentación farmacéutica.
- Unidad de medida de tarifa, cantidad de unidad de medida de tarifa, unidad de medida comercial, cantidad de unidad de medida comercial, país de origen, país de procedencia.
- Nombre y domicilio del fabricante.
-Equipo e insumos médicos: catálogos, manuales de funcionamiento, información técnica y fotografías y manifestar:
- Unidad de medida de tarifa, cantidad de unidad de medida de tarifa, unidad de medida comercial, cantidad de unidad de medida comercial, país de origen, país de procedencia.
- Nombre y domicilio del fabricante.
- Certificado de calidad.
- Declaración bajo protesta de decir verdad, que los mismos se encuentran en buen estado para su uso.
8. Tratándose de vehículos; debe anexar el título de propiedad y fotografías, así mismo debe manifestar el año, modelo, número de pasajeros, cilindrada en centímetros cúbicos, NIV y tipo de combustible.
9. Cualquier otra documentación que permita la plena identificación de las mercancías (fotografías, etiquetas, manuales, catálogos informativos, etc.)
10. Permiso previo de importación, original de los permisos previos de Importación en caso de contar con ellos.
12. Todos los documentos deben estar en idioma español.
- Buscar promociones y adjuntar información
- Solicitudes guardadas parcialmente de Autorizaciones y Consultas
- Tareas Pendientes
Documentos que obtienes
- Oficio de resolución.
Requisitos
- Ingresa a www.ventanillaunica.gob.mx/vucem/index.html