Presenta declaración informativa de donativos recibidos para mitigar y combatir el virus SARS-CoV2
Te sirve para presentar la declaración informativa de donativos recibidos u otorgados para atender las contingencias ocasionadas con motivo de la pandemia derivada del coronavirus COVID-19.
¿Quiénes lo presentan?
De conformidad con lo dispuesto en el regla 3.10.27 y la ficha de tramite 146/ISR del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, se encuentran obligadas a presentar la declaración Informativa de donativos para mitigar y combatir el virus SARS-CoV2, únicamente las donatarias autorizadas cuyo objeto social o fin autorizado, corresponda a la asistencia médica, rehabilitación o bien cuente con la autorización para apoyar económicamente a otra organización civil o fideicomiso autorizado, QUE RECIBIERON U OTORGARON donativos destinados para atender las contingencias ocasionadas con motivo de la pandemia derivada del coronavirus COVID-19, con independencia de que, a la fecha de presentación de la Declaración Informativa, su autorización ya no se encuentre vigente.
Costo
Gratuito
¿Cuándo se presenta?
Primera declaración informativa del 1 al 31 de enero de 2021.
Segunda declaración informativa del 1 al 30 de abril de 2021.
Tercera declaración informativa del 1 al 31 de julio 2021.
Cuarta declaración informativa del 1 al 31 de enero de 2022.
Quinta declaración informativa del 1 al 31 de julio de 2022.
Sexta declaración informativa del 1 al 31 de julio de 2023.
Fundamento Legal
- Ley del Impuesto Sobre la Renta, artículo 82, fracción VI.
- Resolución Miscelánea Fiscal, regla 3.10.27, ficha 146/ISR del Anexo 1-A.
- Ingresa con el RFC de la organización civil o fideicomiso.
- Selecciona la opción Transparencia.
- Da clic en la opción Registrar informe.
- Selecciona como eventualidad a registrar COVID 2020, así como el periodo al que corresponde el informe.
- Requisita la información.
- Firma y envía la información correspondiente.
- Obtén acuse de presentación de la solicitud.
- Guarda el acuse en tu equipo de cómputo.
Información adicional
La declaración informativa que presenten las donatarias autorizadas será definitiva y solo se podrá modificar por la donataria autorizada en una ocasión.
La modificación de la declaración se efectuará mediante la presentación de declaración que sustituya a la anterior, la cual se tomará como definitiva, debe contener todos los datos que requiera la declaración, aun cuando solo se modifique alguno de ellos y dentro del mismo periodo del informe que se está presentando.
La documentación soporte del apoyo entregado deberá incorporarse como parte de la documentación que se entregue en la declaración anual de transparencia que se presenta en términos de la ficha de trámite 19/ISR “Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación”, contenida en el Anexo 1-A.
Documentos que obtienes
- Acuse de presentación del informe.
Requisitos
- Contar con el RFC de la organización civil o fideicomiso.
- Contar con e.firma.
- Verificar los requerimientos técnicos del equipo de cómputo Explorador: Firefox Mozilla 3.6, Chrome 27 y versiones superiores, Microsoft Edge.