Aviso pérdida deducible en venta, acciones, títulos valor, cuando adquieras o enajenes fuera, Bolsa de Valores
Te sirve para cumplir con la obligación de avisar a la autoridad competente cuando adquieras o enajenes fuera de la Bolsa de Valores y determines una pérdida deducible en venta de acciones y otros títulos de valor.
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¿Quiénes lo presentan?
Las personas morales que determinen pérdida deducible en venta de acciones y otros títulos valor, cuando adquieran o enajenen fuera de la Bolsa de Valores.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
Una vez realizada la operación, tienes diez días para presentar tu aviso.
Fundamento Legal
- Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 28, fracción XVII.
- Reforma Miscelánea Fiscal Anexo regla 1.6 y 2.2.6. y la ficha 4/ISR del Anexo 1-A.
- ingresa con tu RFC y contraseña.
- Selecciona servicios por internet.
- Selecciona servicios o solicitudes.
- Selecciona solicitud.
- Envía tu trámite.
- Llena el formulario con los datos que te solicitan.
- Adjunta los archivos.
- Envía la información.
- Obtén acuse de recibo.
Información adicional
No aplica.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo
Requisitos
- Archivo electrónico con manifestación de la determinación de la pérdida deducible en venta de acciones y otros títulos valor, cuando se adquieran o se enajenen fuera de la Bolsa de Valores.
- Contar con e.firma vigente.
Información adicional
No aplica.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo
¿Dónde se presenta?
Deberá presentarse en el Portal del SAT, de conformidad con lo establecido en la regla 1.6. en relación con la regla 2.2.6. de la RMF.