Aviso de control de marbetes físicos o precintos en la importación de bebidas alcohólicas.
Este trámite te permite avisar a la autoridad, que no utilizaste los marbetes físicos o precintos de importación dentro el plazo de ciento veinte días naturales posteriores a la fecha de entrega.
¿Quiénes lo presentan?
Las personas físicas y morales que importen bebidas alcohólicas, que hayan solicitado marbetes físicos o precintos de manera anticipada o en su caso para adherir en país de origen o aduana y que no los hayan utilizado en un plazo de 120 días naturales siguientes a la fecha de entrega.
Costo
El trámite es gratuito.
¿Cuándo se presenta?
Dentro de los quince días naturales posteriores al vencimiento del plazo de ciento veinte días naturales posteriores a la fecha de entrega de los marbetes físicos o precintos por parte de la autoridad.
Fundamento Legal
Artículo 19, fracción V de la LIEPS; Regla 5.1.7. y 5.2.12 de la RMF.
- Selecciona el botón INICIAR.
- Captura tu RFC y contraseña.
- Elige iniciar sesión, posteriormente Orientación fiscal y Solicitud.
- Requisita el formulario electrónico conforme al manual de usuario que encontrarás en el apartado de Contenidos relacionados.
- Selecciona el botón Acuse de Recepción; revisa la información, si todo está correcto, imprime o guarda tu acuse.
Información adicional
Los marbetes o precintos no utilizados dentro del plazo de ciento veinte días, no podrán adherirse a los envases o recipientes que contengan bebidas alcohólicas distintos, para los cuales fueron solicitados y autorizados, asimismo, no serán objeto de reposición, por lo que deberás cancelarlos, para el supuesto de marbetes a través del FEM de este portal y en el caso de los precintos en MULTI-IEPS y su Anexo 6 en el rubro de TOTAL DE FOLIOS DESTRUIDOS E INUTILIZADOS DE PRECINTOS, de conformidad con lo establecido en la ficha 1/IEPS del Anexo 1-A, e informar mediante escrito libre que fueron destruidos y el método que se utilizó para tal fin, el cual deberá enviarse de la siguiente manera: en el apartado Mi portal, Servicios por internet, Orientación fiscal, Solicitud, en la pestaña de Trámite elige la etiqueta MARBETES/CÓDIGOS DE SEGURIDAD.
A los contribuyentes que cometan algunas de las infracciones relacionadas a marbetes y precintos a las que se refieren el artículo 86-A se harán acreedores a las sanciones establecidas en el artículo 86-B ambos del Código Fiscal de la Federación.
Para cualquier duda o aclaración, comunícate a MarcaSAT desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728 y solicitar que lo transfieran a la línea de atención de marbetes, precintos y códigos de seguridad.
Documentos que obtienes
- Acuse de recepción.
Requisitos
- Archivo digitalizado que contenga un escrito libre mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad lo siguiente: Que destruyó los marbetes y/o precintos y el método utilizado para tal fin como por ejemplo incineración, trituración, entre otros, debiendo relacionar los números de folios de cada uno de los marbetes o precintos no utilizados y/o deteriorados, asimismo cuando se trate de bobinas completas se deberán especificar los números de folios que la comprenden.
- Comprobante de entrega que ampara la ministración de marbetes y precintos emitidos por la autoridad
- Acuse de cancelación generado en el Formato Electrónico de Marbetes (FEM) en el Portal del SAT, cuando se trate de marbetes.
- Para el caso de precintos deberás adjuntar el acuse de presentación del aplicativo MULTI-IEPS en el rubro de Precintos destruidos e inutilizados, de conformidad con lo establecido en la ficha 1/IEPS del Anexo 1-A. (es importante mencionar que la declaración se presenta de manera trimestral por lo tanto si al momento de la presentación de este aviso aún no cuentas con tú acuse, podrás adjuntarlo una vez que lo tengas, para ello deberás ingresar un nuevo caso de orientación como se establece en apartado de pasos para realizar el trámite.