Trámites y servicios Para personas físicas

Autoriza o da de baja a terceros para que consulten en línea tu Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales establecida en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, cuando requieras el otorgamiento de subsidios y estímulos o para contratación con cualquier autoridad que ejerza recursos públicos federales,  adquisiciones, arrendamiento, servicios u obra pública.

Cómo puede usarse

Objetivo

Te sirve para administrar la autorización (alta o baja) a terceros para que estos consulten en tu nombre la Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales para efectos de lo señalado en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación.

¿Quiénes lo pueden ejecutar?

Las personas físicas y personas morales que otorguen la autorización a un tercero.

¿Cuándo se puede ejecutar?

En cualquier momento que requieras autorizar o dar de baja la autorización para realizar la consulta de la Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en tu nombre.

Pasos para su uso

  1. Da clic en el botón EJECUTAR EN LÍNEA.
  2. Ingresa con tu Contraseña o e.firma.
  3. Escribe el texto de la imagen del código Captcha que aparece en la pantalla.
  4. Da clic en el botón Enviar.
  5. Captura el RFC de la persona a quien vas a autorizar para efectos de la consulta.
  6. Oprime el botón Alta y repite el paso 3 para agregar otras personas, en caso de que lo consideres necesario.
  7. Captura el RFC de la persona que, en su caso, deseas dar de baja de la autorización y haz clic en el botón Baja.
  8. Obtén el acuse de tus movimientos al usar el botón de Imprimir a efecto de obtener la relación de registro de alta(s) y baja(s).
  9. Selecciona la opción Cerrar sesión, para salir de la aplicación.

Información adicional

La relación de movimientos de alta o baja de autorizaciones de empleados para obtener la Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales realizadas en la sesión puedes exportarla y guardarla en formato PDF.
 
Como contribuyente que autorizas a un tercero a obtener en tu nombre la Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, puedes dar de alta o baja a las personas que necesites, mientras se encuentre abierta la sesión.
 
Cuando hayas dado de baja la autorización a un tercero, este no podrá generar la Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales al intentar consultar tu opinión.
 
Para emitir tu Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, debes ingresar tu Contraseña o e.firma.
 

Fundamento Legal

  • Código Fiscal de la Federación: Artículo 32-D
  • Resolución Miscelánea Fiscal para 2024: regla 2.1.36.
 

Productos que emite

Relación de movimientos de altas o bajas de autorizaciones.
x OrientaSAT