Contribuyentes interesados en utilizar los servicios de un proveedor de certificación de recepción de documentos digitales
Cumple en Digital
Servicio de recepción de documentos digitales por medio de proveedores autorizados.
Proveedor autorizado de certificación de recepción de documentos digitales.
Vigente hasta el 31 de diciembre de 2022, de conformidad con lo previsto en el Artículo Octavo, fracción II, de las Disposiciones Transitorias del Código Fiscal de la Federación para 2022.
El SAT autoriza a empresas particulares (personas morales) para que le ayuden en la operación y control fiscal del contribuyente mediante los servicios particulares que ofrecen.
Estas empresas, están sujetas a verificaciones tecnológicas, fiscales y jurídicas previas a su autorización, a fin de garantizar que su infraestructura es la adecuada para fungir como auxiliares del SAT.
Una vez que son autorizados, el SAT monitorea constantemente su operación y supervisa, en cuanto a la seguridad, el uso de la información de los contribuyentes a la que estas empresas autorizadas tienen acceso.
1. Un proveedor autorizado de certificación de recepción de documentos digitales, es una persona moral autorizada por SAT para recibir los documentos digitales. Al recibir la información, valida, asigna folio, certifica, y la envía al SAT.
Por ahora están autorizados a recibir la declaración de proveedores de IVA (antes Declaración Informativa de Operaciones con Terceros).
Los proveedores autorizados de facturas electrónicas que actualmente existen pueden convertirse en proveedores autorizados de recepción de documentos digitales mediante una extensión de su autorización; esto quiere decir que un solo proveedor además de ofrecer facturas electrónicas puede proporcionar servicio en todos los trámites que autorice el SAT.
Los acuses que recibo de estas empresas tienen la misma validez que los acuses que emite el SAT, ya que cuentan con elementos de seguridad que garantizan que el SAT efectivamente recibió tu información.
El proceso de generación y envío de documentos digitales es el siguiente:
• El contribuyente sujeto a alguna obligación periódica envía su información al proveedor.
• El proveedor verifica la información y, si cumple con la estructura y características, entrega un acuse de la declaración por correo electrónico o lo pone a su disposición en un portal de internet, e incluye elementos de seguridad, como sello digital, fecha y hora.
• El proveedor envía la información de la declaración al SAT que emite un acuse de recepción.
• El proveedor entrega el acuse al contribuyente para su respaldo.
2. La diferencia que existe entre un proveedor autorizado de facturas electrónicas y el de recepción de documentos digitales es que cada figura opera con documentos distintos: el primero con facturas electrónicas y el segundo con documentos digitales.
3. No estás obligado a enviar mi información mediante un proveedor autorizado de recepción de documentos digitales, es solamente una forma de cumplir. Puedes continuar enviando tus declaraciones directamente al SAT.
4. La información de estas empresas autorizadas por el SAT, la puedes encontrar en la sección Prestador de servicios de recepción de documentos digitales.
5. Para autorizarlas el SAT monitorea constantemente su operación para garantizar los niveles de servicio que ofrece.
Derivado del marco normativo que existe para regular la operación de los proveedores autorizados de recepción de documentos digitales la autorización es de carácter normativo y tecnológico.
Este marco normativo está regulado por el Código Fiscal de la Federación y por la Resolución Miscelánea Fiscal.
6. Estas empresas pueden ser revocadas si incumplen con alguna de sus obligaciones fiscales y controles tecnológicos. Si la que te da servicio fuera revocada, tu información se mantiene segura ya que el SAT tiene registro de cada una de las operaciones realizadas. En ese caso puedes optar por algún otro proveedor.
7. La revisión tecnológica que realiza el SAT para autorizarlas constan de 84 controles tecnológicos, los cuales están basados en estándares de seguridad internacional y un marco tecnológico (conocido como ITIL, por sus siglas en inglés), entre los que destacan:
• Evaluación de la seguridad de la información:
• Monitoreo, medición, análisis y evaluación.
• Auditorías y seguimiento.
• Seguridad de la plataforma tecnológica.
• Hardware Security Module.
• Protección de llaves y certificados con salvaguardas que impidan que sea abierta o se invalide la información.
• Criptografía en servicios expuestos.
• Encripción de datos de los contribuyentes. Política y procedimiento que asegura el manejo de información y datos personales del contribuyente.
• Mecanismos para asegurar que solo el titular puede acceder y consultar la información en los sistemas.
• Prevención de pérdida de datos.
8. Como contribuyente debes contar con los siguientes requisitos para operar con un proveedor autorizado de recepción de documentos digitales
Con tu RFC, firma electrónica y certificado de sello digital. Además, conocer cuáles son tus obligaciones fiscales.
9. La información que debes entregar a tu proveedor para que realice los trámites en tu representación son los siguientes:
Al realizar el contrato de servicios, tu proveedor, de acuerdo con sus planes y esquemas de comercialización, podría solicitarte alguna información adicional, como tu certificado de sello digital; sin embargo, ten presente que tu firma electrónica te identifica ante la autoridad fiscal, por lo que no te recomendamos compartirla con nadie.
Las ventajas de optar por operar con estos proveedores son:
• Cuentas con múltiples ventanillas, con alternativas que pueden acoplarse a tus necesidades.
• Automatización en los procesos de tu empresa o negocio.
• Reducción de carga administrativa y costos de cumplimiento.
• Puedes optar por la solución que mejor te convenga.
• Integración de tus procesos administrativos y contables.
• Ahorro de tiempos en el envío de información y recepción de acuses.
• Integridad y seguridad de la información.
El SAT autoriza a empresas particulares (personas morales) para que le ayuden en la operación y control fiscal del contribuyente mediante los servicios particulares que ofrecen.
Estas empresas, están sujetas a verificaciones tecnológicas, fiscales y jurídicas previas a su autorización, a fin de garantizar que su infraestructura es la adecuada para fungir como auxiliares del SAT.
Una vez que son autorizados, el SAT monitorea constantemente su operación y supervisa, en cuanto a la seguridad, el uso de la información de los contribuyentes a la que estas empresas autorizadas tienen acceso.
1. Un proveedor autorizado de certificación de recepción de documentos digitales, es una persona moral autorizada por SAT para recibir los documentos digitales. Al recibir la información, valida, asigna folio, certifica, y la envía al SAT.
Por ahora están autorizados a recibir la declaración de proveedores de IVA (antes Declaración Informativa de Operaciones con Terceros).
Los proveedores autorizados de facturas electrónicas que actualmente existen pueden convertirse en proveedores autorizados de recepción de documentos digitales mediante una extensión de su autorización; esto quiere decir que un solo proveedor además de ofrecer facturas electrónicas puede proporcionar servicio en todos los trámites que autorice el SAT.
Los acuses que recibo de estas empresas tienen la misma validez que los acuses que emite el SAT, ya que cuentan con elementos de seguridad que garantizan que el SAT efectivamente recibió tu información.
El proceso de generación y envío de documentos digitales es el siguiente:
• El contribuyente sujeto a alguna obligación periódica envía su información al proveedor.
• El proveedor verifica la información y, si cumple con la estructura y características, entrega un acuse de la declaración por correo electrónico o lo pone a su disposición en un portal de internet, e incluye elementos de seguridad, como sello digital, fecha y hora.
• El proveedor envía la información de la declaración al SAT que emite un acuse de recepción.
• El proveedor entrega el acuse al contribuyente para su respaldo.
2. La diferencia que existe entre un proveedor autorizado de facturas electrónicas y el de recepción de documentos digitales es que cada figura opera con documentos distintos: el primero con facturas electrónicas y el segundo con documentos digitales.
3. No estás obligado a enviar mi información mediante un proveedor autorizado de recepción de documentos digitales, es solamente una forma de cumplir. Puedes continuar enviando tus declaraciones directamente al SAT.
4. La información de estas empresas autorizadas por el SAT, la puedes encontrar en la sección Prestador de servicios de recepción de documentos digitales.
5. Para autorizarlas el SAT monitorea constantemente su operación para garantizar los niveles de servicio que ofrece.
Derivado del marco normativo que existe para regular la operación de los proveedores autorizados de recepción de documentos digitales la autorización es de carácter normativo y tecnológico.
Este marco normativo está regulado por el Código Fiscal de la Federación y por la Resolución Miscelánea Fiscal.
6. Estas empresas pueden ser revocadas si incumplen con alguna de sus obligaciones fiscales y controles tecnológicos. Si la que te da servicio fuera revocada, tu información se mantiene segura ya que el SAT tiene registro de cada una de las operaciones realizadas. En ese caso puedes optar por algún otro proveedor.
7. La revisión tecnológica que realiza el SAT para autorizarlas constan de 84 controles tecnológicos, los cuales están basados en estándares de seguridad internacional y un marco tecnológico (conocido como ITIL, por sus siglas en inglés), entre los que destacan:
• Evaluación de la seguridad de la información:
• Monitoreo, medición, análisis y evaluación.
• Auditorías y seguimiento.
• Seguridad de la plataforma tecnológica.
• Hardware Security Module.
• Protección de llaves y certificados con salvaguardas que impidan que sea abierta o se invalide la información.
• Criptografía en servicios expuestos.
• Encripción de datos de los contribuyentes. Política y procedimiento que asegura el manejo de información y datos personales del contribuyente.
• Mecanismos para asegurar que solo el titular puede acceder y consultar la información en los sistemas.
• Prevención de pérdida de datos.
8. Como contribuyente debes contar con los siguientes requisitos para operar con un proveedor autorizado de recepción de documentos digitales
Con tu RFC, firma electrónica y certificado de sello digital. Además, conocer cuáles son tus obligaciones fiscales.
9. La información que debes entregar a tu proveedor para que realice los trámites en tu representación son los siguientes:
Al realizar el contrato de servicios, tu proveedor, de acuerdo con sus planes y esquemas de comercialización, podría solicitarte alguna información adicional, como tu certificado de sello digital; sin embargo, ten presente que tu firma electrónica te identifica ante la autoridad fiscal, por lo que no te recomendamos compartirla con nadie.
Las ventajas de optar por operar con estos proveedores son:
• Cuentas con múltiples ventanillas, con alternativas que pueden acoplarse a tus necesidades.
• Automatización en los procesos de tu empresa o negocio.
• Reducción de carga administrativa y costos de cumplimiento.
• Puedes optar por la solución que mejor te convenga.
• Integración de tus procesos administrativos y contables.
• Ahorro de tiempos en el envío de información y recepción de acuses.
• Integridad y seguridad de la información.