Presenta tu declaración de pagos provisionales del régimen general del ejercicio 2022 en adelante
Ejercicio: 2024
Declaración: Provisionales
Te sirve para presentar tus declaraciones provisionales del impuesto sobre la renta.
¿Quiénes lo presentan?
Personas morales del régimen general.
¿Cuándo se presenta?
A más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago.
Periodicidad
Mensual
Obligación a cumplir
Declarar el impuesto sobre la renta enterando tus pagos provisionales.
Objetivo
Cumplir con tus obligaciones fiscales a través del portal del SAT de una forma fácil y sencilla, mediante la presentación de declaraciones provisionales del ISR, las cuales están prellenadas con la información de los comprobantes fiscales de ingresos que emitiste en el periodo de pago.
Fundamento Legal
Obligación de presentar tu declaración.
- Código Fiscal de la Federación vigente: Artículos 31 y 32.
- Reglamento del Código Fiscal de la Federación vigente: Artículo 41.
- Ley del Impuesto sobre la Renta vigente: Artículos 12, primer párrafo, 13, noveno párrafo, 14, primer, quinto y sexto párrafos.
Cálculo del impuesto.
- Ley del Impuesto sobre la Renta vigente: Artículos 9, primer párrafo y 14.
Medio de presentación.
- Resolución Miscelánea Fiscal vigente: Reglas 2.8.3.1., 2.8.3.3. y 3.9.16.
Medios de pago.
- Código Fiscal de la Federación vigente: Artículos 20, séptimo párrafo.
- Selecciona el botón iniciar.
- Ingresa a la aplicación con tu RFC y contraseña o e.firma.
- Llena los datos que te solicita la declaración.
- Envía la declaración.
- Obtén el acuse de recibo de la declaración y, en su caso, línea de captura.
Información adicional
La declaración estará prellenada con la información de los comprobantes fiscales de tipo ingreso emitidos por las personas morales en el periodo de pago.
Asimismo, se prellenará con la información correspondiente a los pagos provisionales efectuados con anterioridad y con información de la declaración anual del ejercicio inmediato anterior.
Requisitos
- Para ingresar a la declaración deberás contar con tu RFC, contraseña o e.firma.
- El envío de la declaración se realizará utilizando la e.firma.
Información adicional
La declaración estará prellenada con la información de los comprobantes fiscales de tipo ingreso emitidos por las personas morales en el periodo de pago.
Asimismo, se prellenará con la información correspondiente a los pagos provisionales efectuados con anterioridad y con información de la declaración anual del ejercicio inmediato anterior.
Información adicional
La declaración estará prellenada con la información de los comprobantes fiscales de tipo ingreso emitidos por las personas morales en el periodo de pago.
Asimismo, se prellenará con la información correspondiente a los pagos provisionales efectuados con anterioridad y con información de la declaración anual del ejercicio inmediato anterior.
Documentos que obtienes
- Acuse de recibo de la declaración y, en su caso, línea de captura.