Solicita tu constancia de inscripción al Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas ante el RFC
Te permite solicitar la reexpedición de la Constancia de Inscripción al Padrón de Contribuyente de Bebidas Alcohólicas (PCBA).
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¿Quiénes lo presentan?
Los contribuyentes registrados en el PCBA (fabricantes, productores, envasadores e importadores, de alcohol y de bebidas alcohólicas), que la hayan extraviado y/o cuando lo requiera.
Costo
Variable
¿Cuándo se presenta?
Cuando necesites la constancia y no cuentes con la misma y te encuentres inscrito en el padrón de bebidas alcohólicas.
Fundamento Legal
- Código Fiscal de la Federación Artículo 31.
- Ley Federal de Derechos Artículo 5.
- Ficha de trámite 127/CFF del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea vigente.
- Agenda tu cita y acude a las Oficinas del SAT.
- Realiza el pago de Derecho con la Hoja de Ayuda (e5cinco), que te emitirá el asesor.
- Acude con la documentación del trámite a la oficina del SAT que te corresponda de acuerdo a tu domicilio fiscal.
- Entrega la documentación al asesor fiscal.
- Conserva la forma oficial sellada, como acuse de recibo.
- Recibe tu Constancia de Inscripción al Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas.
Documentos que obtienes
- 1. Constancia de Inscripción al Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas del RFC.
¿Dónde se presenta?
En la oficina del SAT que corresponda a tu domicilio fiscal, previa cita registrada en el Portal del SAT
https://www.sat.gob.mx, o en la aplicación para celular SAT Móvil.
Compromiso de servicio
Entrega inmediata de la Constancia de Inscripción al PCBA.
Requisitos
- Original del recibo bancario de pago de contribuciones federales, productos y aprovechamientos con sello digital.
- Original de cualquier identificación oficial vigente contribuyente o representante legal: credencial de elector, pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir o credencial del Instituto Nacional de Personas Mayores.
- En caso de representación legal, copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal o de la carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público.