Presenta el cambio de domicilio o apertura donde fabricas, produces, envasas o almacenas bebidas alcohólicas
Te permite realizar el cambio de domicilio del lugar en donde fabricas, produces, envasas o almacenas bebidas alcohólicas.
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¿Quiénes lo presentan?
Los contribuyentes inscritos en el padrón de bebidas alcohólicas, que hayan cambiado de domicilio o hayan hecho la apertura de lugar en donde se fabrica, producen, almacenan o envasan bebidas alcohólicas.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
Cuando realices el cambio de domicilio o apertures una sucursal en donde fabriques, produzcas, almacenes o envases bebidas alcohólicas.
Fundamento Legal
• Ley del Impuesto especial sobre producción y servicios, artículo 19, fracción XIV.
• Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.1.39, 5.2.23., 5.3.1. y 5.3.2.
• Resolución Miscelánea Fiscal, reglas 2.1.39, 5.2.23., 5.3.1. y 5.3.2.
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- Selecciona el nombre del trámite.
- Captura la información que te solicita el formulario.
- Adjunta la información solicitada.
- Envía tu trámite.
- Imprime la hoja previa con el número de folio asignado.
- Realiza el seguimiento de tu trámite con el número de folio asignado.
Información adicional
Para realizar éste trámite, tienes que estar inscrito en el RFC y debes registrar por lo menos una de las siguientes actividades económicas:
- Producción, fabricación o envasado de vinos de mesa.
-
Producción, fabricación o envasado de otras bebidas a base de uva.
Producción, fabricación o envasado de vinos de mesa con una graduación alcohólica de más de 20° GL. - Producción, fabricación o envasado de otras bebidas a base de uva con una graduación alcohólica de más de 20° GL.
- Producción, fabricación o envasado de sidra y otras bebidas fermentadas.
- Producción, fabricación o envasado de sidra y otras bebidas fermentadas con una graduación alcohólica de más de 20° G. L.
- Producción, fabricación o envasado de ron y otras bebidas destiladas de caña.
- Producción, fabricación o envasado de ron y otras bebidas destiladas de caña con una graduación alcohólica de más de 20° G. L.
- Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave.
- Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave con una graduación alcohólica de más de 20° G. L.
- Producción, fabricación o envasado de mieles incristalizables que no se utilizarán para transformarlas en alcohol.
- Producción, fabricación o envasado de mieles incristalizables para transformarlas en alcohol.
- Producción, fabricación o envasado de alcohol o alcohol desnaturalizado.
- Producción, fabricación o envasado de otras bebidas destiladas.
- Comercio al por mayor de vinos de mesa.
- Comercio al por mayor de otras bebidas a base de uva.
- Comercio al por mayor de sidra y otras bebidas fermentadas.
- Comercio al por mayor de ron y otras bebidas destiladas de caña.
- Comercio al por mayor de bebidas destiladas de agave.
- Comercio al por mayor de bebidas alcohólicas no clasificadas en otra parte.
- Comercio al por menor de vinos de mesa.
- Comercio al por menor de otras bebidas a base de uva.
- Comercio al por menor de sidra y otras bebidas fermentadas.
- Comercio al por menor de ron y otras bebidas destiladas de caña.
- Comercio al por menor de bebidas destiladas de agave.
- Comercio al por menor de bebidas alcohólicas no clasificadas en otra parte.
- Venta de alcohol o alcohol desnaturalizado.
1a. Venta de mieles incristalizables para transformarlas en alcohol.
Requisitos generales:
- Para realizar este trámite, presenta el formato RE-1, el cual se encuentra en el apartado de contenidos relacionados.
- Debes tener fotografías a color, con medidas mínimas de 4 x 6 pulgadas, del domicilio fiscal y del lugar donde almacenan así como de la maquinaria o equipo que utilizará para los procesos de fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas por cada equipo utilizado durante los procesos, indicando al reverso de las mismas, el domicilio en el que se encuentran (calle, número exterior, número interior, colonia, localidad, municipio, entidad federativa, y código postal, así como la marca y número de serie de dicha maquinaria y equipo).
- Es importante tomar en cuenta que la autoridad verificará que tanto la persona física o moral que promueve la inscripción al Padrón de Contribuyes de Bebidas Alcohólicas (PCBA), los socios, accionistas, representantes legales y representantes autorizados cuenten con la opinión de cumplimiento del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación en sentido positiva.
- También la autoridad verificará que los socios, accionistas, representantes legales y representantes autorizados se encuentren activos en el Registro Federal de Contribuyentes.
- Tú domicilio fiscal y tu estatus como contribuyente, deben estar en situación de localizados.
- No encontrarse en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, cuarto párrafo del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI del referido artículo 69.
Requisitos Específicos:
Archivo digitalizado que contenga:
- Para personas morales, manifestación escrita en hoja membretada, firmada por el representante legal en el que bajo protesta de decir verdad se relacione el nombre completo y Registro Federal de Contribuyentes válido de los socios, accionistas, representantes legales y representantes autorizados actuales de la empresa, conforme a lo que se tenga asentado en las actas protocolizadas ante fedatario público; en caso de tener socios o accionistas extranjeros, anexar el comprobante del aviso que refiere el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, e indicar el número de identificación fiscal correspondiente.
- Para efectos de las personas que realicen actividades de los incisos del a) al j) y del m) al z), deberá presentar debidamente sellado el Aviso de Funcionamiento, de Responsable Sanitario y de Modificación o Baja, que acredite la notificación de funcionamiento de establecimientos de productos y servicios expedido por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS).
- Los comercializadores que realicen actividades económicas en el país de origen establecidas en los incisos ñ) al 1a), deberán presentar el contrato o convenio con un tercero en el cual acuerden la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas.
- Para el caso de los comercializadores, la persona con la que se celebrará el contrato (el tercero) deberá estar inscrito en el padrón de bebidas alcohólicas.
- Es importante tomar en cuenta que la autoridad validará, para efectos de los incisos del a) al n) de la presente ficha de trámite, la presentación del Anexo 3 de la "Declaración Informativa Múltiple del IEPS", "MULTI-IEPS".
- Deberá estar inscrito en el Padrón de Importadores en el caso de que se importe alcohol, alcohol desnaturalizado, mieles incristalizables y bebidas alcohólicas y se realicen actividades económicas establecidas en los incisos ñ) al 1a) de la presente ficha de trámite.
- Tener registrados en el RFC los establecimientos que se utilicen para fabricar, producir, envasar o almacenar bebidas alcohólicas indicadas en los incisos a) al n), cuando sean distintos al domicilio fiscal.
- Los datos que correspondan a su domicilio fiscal registrado ante el RFC, así como de los domicilios en donde se fabrican, producen, envasan o almacenan bebidas alcohólicas, establecidas en los incisos a) a n), según sea el caso, en el formato RE-1 denominado “Solicitud de Registro en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas del RFC”, que forma parte del Anexo 1, a efecto de que previa verificación de los datos por el SAT se determine la clave de área Geoestadística Básica y la clave de Manzana o, en su caso, sólo la clave de área Geoestadística Básica. Dichos domicilios deberán encontrarse registrados y activos en el Registro Federal de Contribuyentes.
- Para el caso de personas físicas, deberán realizar actividades empresariales en términos del Título IV, Capítulo II, Secciones I y II de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
- Tener correo electrónico para efectos del Buzón Tributario.
Condiciones Generales
- Contar con contraseña o e.firma vigente.
- Para el caso de personas físicas tener como mínimo 18 años de edad.
Información adicional
- En el caso de que los datos señalados por los citados contribuyentes, no correspondan o no se atienda la visita que para validar dichos datos efectúe en su domicilio fiscal o en los domicilios registrados en los que realice sus operaciones el personal designado por el SAT, los domicilios se considerarán como no localizados.
- Las autoridades fiscales deberán informar al contribuyente si se requiere información adicional, o bien, informar el avance de su promoción, dentro de los 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la recepción de la solicitud, concluyendo el trámite con un plazo máximo de 3 meses.
- En el caso de que proceda la inscripción al padrón, se le asignará al contribuyente un número de identificación dentro del Padrón de Bebidas Alcohólicas del RFC, mismo que utilizará para sus solicitudes de marbetes o precintos, así como en las declaraciones informativas que lo soliciten.
- El cumplimiento de los requisitos para estar inscrito en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas del Registro Federal de Contribuyentes, no exime del cumplimiento de las demás obligaciones que establezcan las disposiciones fiscales.
Documentos que obtienes
- Formato RE-1 “Solicitud de registro al padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas del RFC” sellado, como acuse de recibo.
Requisitos
- Estar inscrito en el RFC y tener registradas al menos una actividad económica, descritas en el apartado de información adicional.
- Presentar el Formato RE-1 “Solicitud de registro al padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas del RFC” en el que señales "Cambio de Domicilio o Alta de un Establecimiento".
- Tú domicilio fiscal y tu estatus como contribuyente, deben estar en situación de localizados.
- Contar con contraseña o e.firma vigente.
- Para el caso de personas físicas tener como mínimo 18 años de edad.
- Revisar en el apartado información adicional los demás requisitos (generales, específicos, así como algunas condiciones que tiene el tramite).