Presenta el cambio de domicilio o apertura donde fabricas, produces, envasas o almacenas bebidas alcohólicas
Permite realizar el cambio de domicilio o apertura del lugar donde fábricas, produces, envasas o almacenas tus bebidas alcohólicas en el RFC.
¿Quiénes lo presentan?
Los contribuyentes que se encuentren inscritos en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas (PCBA) y realicen cambio de domicilio fiscal o del establecimiento en donde fabrican, producen, envasan o almacenan bebidas alcohólicas y se dé aviso en los términos de las fichas de trámite 77/CFF “Aviso de cambio de domicilio fiscal a través del Portal del SAT, en las oficinas del SAT o en la Oficina Virtual” y 70/CFF “Aviso de apertura de establecimientos y en general cualquier lugar que se utilice para el desempeño de actividades”.
Costo
Trámite gratuito.
¿Cuándo se presenta?
Posterior a la presentación del aviso de cambio de domicilio fiscal o del establecimiento en términos de las fichas 70/CFF y 77/CFF del anexo 1 A de RMF vigente.
Fundamento Legal
- Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, artículo 19, fracción XIV.
- Resolución Miscelánea vigente regla 2.5.13., fracciones IV, VII y IX, ficha de trámite 23/IEPS del Anexo 1-A.
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- Selecciona Solicitud.
- Llena el formulario conforme a lo siguiente: En el apartado Descripción del servicio, en la pestaña Trámite selecciona la opción INS_BEB_ALCOHOLICAS; en Dirigido a: SAT, en *Asunto: Solicitud de inscripción al Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas; Descripción: Solicitud de inscripción al Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas. Para anexar la información relacionada con el servicio, selecciona el botón Adjuntar Archivo / Examinar, selecciona el archivo digitalizado y elige Cargar.
- Envía tu solicitud.
- Imprime la hoja previa con el número de folio asignado.
- Realiza el seguimiento de tu trámite con el número de folio asignado.
Información adicional
La autoridad validará que el contribuyente que presenta la solicitud de inscripción al Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC, cuente con las siguientes condiciones:
- e.firma o Contraseña vigente.
- Los representantes legales o las personas físicas deben ser mayores de 18 años. También deben estar inscritos y activos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Buzón Tributario activo.
- El contribuyente, los socios, accionistas, representantes legales y representantes autorizados deben contar con una Opinión del cumplimiento en sentido positivo. Esto significa que están al corriente con sus obligaciones fiscales.
- Los socios, accionistas, representantes legales y representantes autorizados deben estar activos en el RFC.
- Domicilio fiscal y del contribuyente con estatus “Localizado”.
- No encontrarse en el listado de empresas publicado por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, cuarto párrafo del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI del referido artículo 69.
- Estar inscrito y activo en el RFC y tener registrada por lo menos una de las siguientes actividades económicas:
a) Producción, fabricación o envasado de vinos de mesa.
b) Producción, fabricación o envasado de otras bebidas a base de uva.
c) Producción, fabricación o envasado de vinos de mesa con una graduación alcohólica de más de 20° G. L.
d) Producción, fabricación o envasado de otras bebidas a base de uva con una graduación alcohólica de más de 20° G. L.
e) Producción, fabricación o envasado de sidra y otras bebidas fermentadas.
f) Producción, fabricación o envasado de sidra y otras bebidas fermentadas con una graduación alcohólica de más de 20° G. L.
g) Producción, fabricación o envasado de ron y otras bebidas destiladas de caña.
h) Producción, fabricación o envasado de ron y otras bebidas destiladas de caña con una graduación alcohólica de más de 20° G. L.
i) Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave.
j) Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave con una graduación alcohólica de más de 20° G. L.
k) Producción, fabricación o envasado de alcohol.
l) Producción, fabricación o envasado de otras bebidas destiladas.
m) Comercio al por mayor de vinos de mesa.
n) Comercio al por mayor de otras bebidas a base de uva.
ñ) Comercio al por mayor de sidra y otras bebidas fermentadas.
o) Comercio al por mayor de ron y otras bebidas destiladas de caña.
p) Comercio al por mayor de bebidas destiladas de agave.
q) Comercio al por mayor de bebidas alcohólicas no clasificadas en otra parte.
r) Comercio al por menor de vinos de mesa.
s) Comercio al por menor de otras bebidas a base de uva.
t) Comercio al por menor de sidra y otras bebidas fermentadas.
u) Comercio al por menor de ron y otras bebidas destiladas de caña.
v) Comercio al por menor de bebidas destiladas de agave.
w) Comercio al por menor de bebidas alcohólicas no clasificadas en otra parte.
x) Venta de alcohol.
- Para el caso de los comercializadores, la persona con la que se celebrará el contrato (el tercero) debe estar inscrito en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC.
- Para las actividades mencionadas en los incisos a) al l), es necesario presentar el Anexo 3 de la MULTI-IEPS.
- Estar inscrito y activo en el Padrón de Importadores, en el caso de que se importe alcohol y bebidas alcohólicas y se realicen actividades económicas establecidas en los incisos m) al x).
- Tener registrados y en estatus de Abierto los establecimientos utilizados para fabricar, producir, envasar o almacenar bebidas alcohólicas indicadas en los incisos a) al l), cuando sean distintos al domicilio fiscal.
- Las personas físicas deben realizar actividades empresariales y profesionales, o estar inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
En el caso de que proceda la inscripción al padrón, se le asignará al contribuyente un número de identificación dentro del Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC, mismo que utilizará para sus solicitudes de marbetes o precintos, así como en las declaraciones informativas que lo soliciten.
El cumplimiento de los requisitos para estar inscrito en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas del RFC, no exime del cumplimiento de las demás obligaciones que establezcan las disposiciones fiscales.
El representante legal que firma el formato RE-1, también está autorizado para recoger marbetes.
Cuando se incurra en alguna de las causales previstas en la regla 5.2.23., y no se cumpla con los requisitos establecidos en la ficha 56/IEPS “Aclaración para subsanar o desvirtuar las causales previo a la baja en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas en el RFC”, se procederá a la baja en el PCBA, la notificación correspondiente se hará a través de Buzón Tributario.
En caso de requerir realizar el cambio de la modalidad de inscripción (productor, comercializador e importador), se debe presentar una nueva solicitud de inscripción en el padrón.
En caso de ubicarse en algunos de los supuestos establecidos en las fracciones III, IV, V, VI, VII y IX de la regla 5.2.23., se debe presentar una nueva solicitud de inscripción, en caso de así requerirlo.
Documentos que obtienes
- Acuse de recepción.
- Acuse de respuesta.
- Constancia de inscripción en el Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas del RFC.
Requisitos
- Forma oficial RE-1 Solicitud de Registro al Padrón de Contribuyentes de Bebidas Alcohólicas, el cual puedes obtener en el apartado de contenidos relacionados. Se debe llenar conforme a lo indicado en la sección de instrucciones del propio formato. Debe estar firmado de manera autógrafa con tinta azul por el representante legal o contribuyente.
- Fotografías a color, con medidas mínimas de 4 x 6 pulgadas, del domicilio fiscal y del lugar donde almacenan así como de la maquinaria o equipo que utilizará para los procesos de fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas por cada equipo utilizado durante los procesos, indicando el domicilio en el que se encuentran (calle, número exterior, número interior, colonia, localidad, municipio, Entidad Federativa, y código postal, así como la marca y número de serie de dicha maquinaria y equipo).
- En caso de personas morales, escrito libre digitalizado en formato PDF, que contenga la manifestación bajo protesta de decir verdad escrita en hoja membretada y firmada de manera autógrafa con tinta azul por el representante legal, en el que se relacione el nombre completo y clave en el RFC válida de los socios, accionistas, representantes legales y representantes autorizados actuales de la empresa, conforme a lo que se tenga asentado en las actas protocolizadas ante fedatario público; en caso de tener socios o accionistas extranjeros, anexar el comprobante de presentación de la relación de los socios, accionistas o asociados residentes en el extranjero e indicar el número de identificación fiscal correspondiente.
- Los contribuyentes que desempeñen las actividades que se establecen dentro del Anexo I: Actividades sujetas a presentación de Aviso de funcionamiento o que requieren Licencia sanitaria, deben presentar debidamente sellado el Aviso de funcionamiento, de Responsable sanitario y de Modificación o Baja, que acredite la notificación de funcionamiento de establecimientos de productos y servicios, expedido por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS).
- Los comercializadores que realicen actividades económicas en el país de origen establecidas en los incisos m) al x) de esta ficha, deberán presentar el contrato o convenio con un tercero en el cual acuerden la fabricación, producción o envasamiento de bebidas alcohólicas.
- Identificación oficial vigente de la persona contribuyente o representante legal, así como de los representantes legales autorizados para recoger marbetes o precintos indicados en el Formato RE-1; cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio e Instrumentos para acreditar la representación, inciso A) Identificación oficial.
- En caso de representante legal, instrumento para acreditar la representación para actos de administración, dominio o especiales (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante fedatario público (original o copia certificada). *Para mayor referencia, consultar en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio e Instrumentos para acreditar la representación, inciso C) Instrumentos para acreditar la representación.